Derechos de la Administración Concursal en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos de la Administración Concursal. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Derecho de la Administración Concursal a Obtener Testimonio del Acta y Copia de la Grabación de la Junta de Acreedores en Derecho Concursal
Establece la Ley Concursal respecto de derecho de la administración concursal a obtener testimonio del acta y copia de la grabación de la junta de acreedores lo siguiente: El concursado, la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) y cualquier acreedor tendrán derecho a obtener, a su costa, testimonio del acta, expedida por el secretario del juzgado, y una copia de la grabación realizada. Art. l26.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)
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