Limites Institucionales de la Propiedad en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Limites Institucionales de la Propiedad. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Ideas Básicas
Estos límites son los derivados de la propia naturaleza de este derecho.
Se dividen en:
Limites de carácter positivo: Que son el abuso del derecho y los actos de emulación. La extralimitación en el ejercicio del derecho puede producirse:
Por la intención de su autor. Cuando este actúa con la intención de perjudicar o sin un fin legitimo
- Hoy, efemérides de la Primera Conferencia Internacional de Paz, en 1899
- Hoy, efemérides del intento judicial federal de acabar la segregación escolar
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
- Efemérides de hoy: Mandato del Congreso americano para ir a la guerra contra México
Por su objeto. Finalidad objetiva obtenida por el acto
Por las circunstancias en que se realice.
Limites de carácter negativo: ius usus inocui, que puede definirse como el derecho a aprovechar una cosa ajena, por una persona que no esté investida de derecho real limitado, usándola por razón de utilidad, sin que el dueño sufra perjuicio (el cual es muy discutido por su «mera tolerancia»).