Abigeato

Abigeato en España en España

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Abigeato

Para más información sobre Abigeato puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Abigeato

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Abigeato es el siguiente:

Hurto de ganado o bestias, conocido también con el nombre de cuatrerismo. Tanto abigeo como Abigeato proceden de la palabra latina abigere, que equivale a aguijar las bestias para que caminen. El Abigeato es una especie de robo; pero se diferencia de éste en que la cosa no se coge con la mano y se transporta a otro lugar, sino que se la desvía y se la hace marchar a distinto destino, con objeto de aprovecharse de ella.

Historia del Concepto: Abigeato en 1868

A efectos históricos, se presenta una descripción de abigeato en los términos del Diccionario Alcubilla: [1] En nuestra antigua jurisprudencia se llamaba así el hurto o robo de ganados. Hoy el abigeato no es conocido con este nombre especial en nuestro Código penal.

Recursos

Notas y Referencias

  • Basado en la voz «abigeato» del Diccionario de la administración española, peninsular y ultramarina: compilación ilustrada de la novísima legislación en todos los ramos de la administración pública, por Marcelo Martínez Alcubilla (Madrid, 1868-1870, 2ª ed.)

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