Aceptación

Aceptación en España en España

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Aceptación

Para más información sobre Aceptación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Aceptación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Aceptación es el siguiente:

La manifestación del consentimiento concorde, como productor de creeros jurídicos, constituye el acto de Aceptación, que consiste en admitir la proposición hecha o el encargo conferido. Por la Aceptación se manifiesta el consentimiento, y éste es uno de los requisitos exigidos para la existencia del contrato. La Aceptación, como el consentimiento, puede ser de índole expresa o tácita. La primera, cuando se formula de palabra o por signos equivalentes; la segunda, cuando se infiere de acciones o hechos que permiten presumir que es ésa la manifestación de voluntad. | DE DONACIÓN. Consentimiento dudo por el donatario a la donación. La donación es un contrato; y, por lo tanto, exige consentimiento, requisito fundamental para la existencia de aquél. | DE HERENCIA, Es el acto por el cual el heredero testamentario o ab intestato manifiesta su voluntad de suceder con los derechos y deberes inherentes ti ello. Para que surta erectos la Aceptación de herencia, se requiere formularla después de abierta la sucesión del causante; la formulada previamente no surte efecto legal alguno, | DE LEGADOS. Constituye el acto por el cual un legatario manifiesta su voluntad de tomar la manda o legado que le deja el restador. | DE LETRA DE CAMBIO. Acto jurídico que consiste en poner en la letra la palabra acepto o aceptamos. Constituye, pues, la manifestación del librado de que admite el encargo de pagar la letra. | DE PODER. Es la que realiza el procurador del que se le otorga para representar a la parte interesada en asuntos judiciales. Esta Aceptación puede ser expresa o tácita; la primera, cuando se hace constar en el mismo instrumento: y la segunda, cuando se da a conocer por actos. | DEL MANDATO. Acto por el cual una persona -que así queda constituida en mandatario – manifiesta su voluntad de efectuar el encargo que recibe de otra -el mandante- para representarla, efectuar uno o mas negocios en su nombre o para obrar por su cuenta.

Aceptación en Derecho mercantil

Acto o negocio mediante el que se asume la orden de pago contenida en una letra de cambio o en un cheque.

Historia del Concepto: Aceptacion en 1868

A efectos históricos, se presenta una descripción de aceptacion en los términos del Diccionario Alcubilla: [1] La admisión de lo que se ofrece o propone. El consentimiento expreso o presunto por el que se admite o recibe alguna proposición ú oferta o encargo.

Recursos

Notas y Referencias

  • Basado en la voz «aceptacion» del Diccionario de la administración española, peninsular y ultramarina: compilación ilustrada de la novísima legislación en todos los ramos de la administración pública, por Marcelo Martínez Alcubilla (Madrid, 1868-1870, 2ª ed.)

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