Absolución de Posiciones

Absolución de Posiciones en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Absolución de Posiciones. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Absolución de Posiciones. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Absolución de Posiciones. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] Acto de contestar las partes a las preguntas (posiciones) formuladas por la parte contraria, al practicarse la prueba de confesión en juicio.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Guía sobre Absolución de Posiciones

Absolución de posiciones

Para más información sobre Absolución de posiciones puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Absolución de posiciones

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Absolución de posiciones es el siguiente:

En Derecho Procesal Civil corresponde la absolución cuando el actor no prueba su demanda, en virtud de la regla universalmente admitida de: «actore non prabante, reus est absolvendus». En Derecho Procesal Penal debe pronunciarse la absolución del procesado cuando falten pruebas de los hechos, por no constituir éstos delitos, por no estar demostrada la participación en ellos del acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) o por concurrir alguna circunstancia eximente de la responsabilidad. La absolución del delito principal lleva consigo la de los delitos conexos. También procede la absolución libre en caso de duda: «in dubus reus est absolvendus». Puede expresarse que, en caso de duda, ha de favorecerse más al reo o demandado que al actor: «favorabilioris rei potius quam actores habentur». Cabe distinguir la absolución, del sobreseimiento (ver la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta Enciclopedia), que consiste en la cesación definitiva o provisional del proceso seguido en averiguación de un delito y de sus autores. (V. SENTENCIA.) | CANÓNICA. Acto de levantar las censuras y reconciliar con la Iglesia a un excomulgado.

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