Descubierto

Descubierto en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Descubierto. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Descubierto. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Descubierto. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Descubierto. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Dícese de la operación mercantil en la cual los contratantes no tienen disponible la que es objeto de la misma.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Guía sobre Descubierto

Descubierto

Para más información sobre Descubierto puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Descubierto

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Descubierto es el siguiente:

Sin prenda en la cabeza, actitud respetuosa, excepto para los musulmanes, que se convierte en estricto deber en determinadas circunstancias e instituciones, sobre todo en las fuerzas armadas. | Sin techo, a la intemperie. | Conocido, recorrido, con referencia a tierras y mares. | Advertido, localizado. | Hallado, encontrado. | Delatado, denunciado. | Identificado como autor o partícipe de un delito. | Observado, divisado. | En la hacienda pública, en el comercio y, en general, en materia de cuentas, déficit; o sea, aquella parte de una deuda o de un pasivo que no se encuentra compensada por crédito o activo.

Descubierto en Derecho mercantil

Dícese de la operación mercantil en la cual los contratantes no tienen disponible la que es objeto de la misma.

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