Acto Jurídico en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Acto Jurídico. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Acto Jurídico. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Acto Jurídico. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Acto Jurídico. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Hecho voluntario que crea, modifica o extingue relaciones de derecho, conforme a éste.Acto JurídicoActo Jurídico
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Acto Jurídico en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Acto Jurídico en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Acto Jurídico en Tratado de Derecho Civil Español
Guía sobre Acto Jurídico
El Acto Jurídico
Diferencia Entre Negocio Jurídico y Acto Jurídico
Siguiendo a DIEZ-PICAZO y GULLÓN, se puede observar como en el negociojurídico los autores regulan sus propios intereses, establecen una norma de conducta vinculante para su satisfacción.
- Historia Completa de la Unión Francesa, en la efemérides de la Independencia de Togo
- Hoy, Efemérides de la Independencia de 2 países de África
- Hoy, Aniversario del Bombardeo de Guernica, en día de Mercado
- Hoy, Aniversario de la Primera Ejecución por Guillotina
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
En el acto jurídico -en sentido estricto- se halla ausente todo contenido normativo. el agente no tiene el poder de configurar las consecuencias jurídicas porque estas están predeterminadas por la Ley. A la Ley no le preocupa lo que quiera el sujeto, sino sólo su comportamiento externo. Ejemplo: no se ocupa de lo que haya querido el acreedor que reclama del deudor el cumplimiento de la obligación. Basta esa reclamación para que se desencadenen los efectos de la mora. (vid. arts. 1. 101 y 1. 108)
Estaremos ante un acto jurídico en sentido estricto cuando los efectos del mismo sean obra exclusiva de la norma jurídica.