Clases de Usos

Clases de Usos en España en España

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Los Usos Mercantiles

Ideas Básicas

USOS INTERPRETATIVOS

USOS NORMATIVOS

Art. 1.3; los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos, se tendrán la consideración de costumbre (usos normativos).

USOS INTERPRETATIVOS; interpreta la intención de las partes en el contrato. Aclara lo que las partes acuerdan en el contrato.

USOS NORMATIVOS; el derecho costumbre obliga.

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