Compilaciones Forales

Compilaciones Forales en España en España

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Los Derechos Forales y la Llamada Cuestión Foral: Planteamiento e Incidencia en el Proceso Codificador

Ideas Básicas

Durante los siglos XVIII y XIX existía en España una cierta diversidad de regulaciones civiles, pues Aragón, Navarra, Mallorca, Cataluña y las «Provincias Vascongadas» mantenían reglas propias en materia civil (al menos, para el conjunto institucional referido a la familia y a la herencia). Evidentemente, dicha falta de uniformidad legislativa era antagónica con las ideas motrices de la codificación en sentido moderno. La codificación requería la unificación legislativa en toda España y los Derechos forales, no sólo se enfrentaban radicalmente a dicha unificación, sino que además representaban ideológicamente las posiciones contrarias de las triunfantes en la Revolución francesa. Representaban un conservadurismo regionalista o localista. Las propuestas iniciales de codificación y el llamado Proyecto Isabelino de 1851, pretendieron hacer tabla rasa de los Derechos forales, y en consecuencia, exacerbaron de forma justificada los ánimos de los juristas foralistas, quienes con toda razón, se enfrentaron al proyecto isabelino. Nace así la denominada cuestión foral, expresión con la que se pretende indicar que, una vez aprobado el Código Civil, éste se aplica a la mayor parte del territorio nacional, mientras que en los territorios forales (Provincias Vascongadas, Navarra, Aragón, Cataluña y Mallorca, a los que sorprendentemente e injustificadamente, se añade en 1880 Galicia) rigen disposiciones de naturaleza civil propias.

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