Contrato Laboral Temporal con la Administación

Contrato Laboral Temporal con la Administación Pública en España en España

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Contratos temporales en las Administraciones Públicas

Jurisprudencia

  • TS 11 febrero 1991, Ar. 822 (utilización de la contratación temporal por la Administración pública para cobertura de vacantes)
  • TS 24 abril 1991, Ar. 3385 (prórroga del contrato de interinidad por falta de cobertura de la plaza)
  • TS u.d. 27 marzo 1992, Ar. 1880 (utilización del contrato de interinidad por la Administración pública)
  • TS u.d. 19 mayo 1992, Ar. 3577 (efectos de la falta de denuncia por la Administración pública de la terminación de contrato temporal)
  • TS u.d. 26 octubre 1992, Ar. 7842 (contratos temporales y contratos para trabajos específicos en la Administración)
  • TS u.d. 18 mayo 1995, Ar. 7579 (admisibilidad de los contratos de obra para la realización de programas públicos de vacunación veterinaria; efectos de la fijación de término)
  • TS u.d. 22 diciembre 1995, Ar. 9492 (constituye fraude de ley la celebración de contrato eventual la tal adquisición de fijeza en la Administración pública mediante concurso; en caso de anulación del concurso la Administración debe acudir a los tribunales)
  • TS u.d. 7 octubre 1997, Ar. 7347 (si la incorporación del titular de la plaza afectase indistintamente a varios contratos de interinidad, se puede extinguir uno de ellos según criterios de antigüedad o según las necesidades del servicio)
  • TS u.d. 28 diciembre 1998, Ar. 387 de 1999 (es lícito el contrato de obra cuando se realizan tareas mediante concierto entre dos o más Administraciones y dentro de un plan de descentralización de actividades)
  • TS u.d. 21 julio 1999, Ar. 5799 (la contratación temporal en el ámbito de los establecimientos militares requiere causa habilitante)
  • TS 10 diciembre 1999, Ar. 9729 (admisibilidad de los contratos de obra cuando están limitados por las disponibilidades financieras de la Administración pública)
  • TS u.d. 31 marzo 2000, Ar. 5138 (no es admisible que se aduzca «falta de personal», sin justificar la causa y sin identificar la plaza, para utilizar el contrato eventual en el seno de la Administración pública)
  • TS u.d. 5 junio 2000, Ar. 4650 (es temporal el vínculo de los profesores de religión católica designados al amparo del Acuerdo Estado-Santa Sede de 3 de enero de 1979 y de la OM de 11 de octubre de 1982)
  • TS u.d. 20 junio 2000, Ar. 5961 (la validez del contrato de interinidad por vacante depende de la identificación de la plaza; doctrina general sobre uso de la contratación temporal en la Administración pública)
  • TS u.d. 14 marzo 2002, Ar. 5205 (la suscripción de un contrato de interinidad por vacante no elimina las facultades de la Administración de modificación o supresión de puestos de trabajo)
  • TS u.d. 19 marzo 2002, Ar. 5989 [de la existencia de subvenciones no se deriva estrictamente la necesidad de que el contrato sea temporal, pues es posible la extinción del contrato por insuficiencia presupuestaria al amparo del art. 52.e) ET]
  • TS u.d. 10 abril 2002, Ar. 6006 [de la existencia de subvenciones no se deriva estrictamente la necesidad de que el contrato sea temporal, pues es posible la extinción del contrato por insuficiencia presupuestaria al amparo del art. 52.e) ET]
  • TS u.d. 25 noviembre 2002, Ar. 1922 de 2003 (el carácter anual de un Plan de actuación no entraña necesariamente la temporalidad de la obra o servicio que se realiza al amparo del mismo, pues la anualidad afecta tan sólo a las subvenciones; la financiación anual es mera consecuencia de las obligaciones impuestas por la Ley a la Administración)
  • TS u.d. 6 mayo 2003, Ar. 5765 (es indebido el uso del contrato eventual para atender necesidades permanentes que requerirían el contrato de interinos, por lo que el contrato se debe entender transformado en contrato indefinido, aunque sin adquisición de la condición de fijo de plantilla)
  • TS u.d. 7 mayo 2004, Ar. 4154 (la relación de los profesores de religión católica con los centros públicos de enseñanza es materialmente especial)
  • TS 8 abril 2009, Ar. 3248 (es posible utilizar el contrato de obra determinada para cubrir déficits de personal en el INE en lugar de la interinidad)
  • TJCE 23 de abril de 2009, Kiriaki (son aplicables al empleo público las reglas sobre limitación y prevención del fraude en la sucesión de contratos temporales aunque puedan utilizarse medios de garantía alternativos para la conversión del contrato temporal en contrato indefinido)
  • TJUE 22 diciembre 2010, Gavieiro (aplicación de las reglas comunitarias sobre igualdad y no discriminación de los trabajadores temporales al ámbito de la función pública)
  • TS 3 mayo 2011, Ar. 4505 (la amortización de puestos de trabajo por los procedimientos reglamentarios faculta a la Administración para extinguir los correspondientes contratos de interinidad)
  • TJUE 8 septiembre 2011, Rosado Santana (las reglas sobre igualdad de trato entre trabajadores temporales y trabajadores indefinidos es aplicable al empleo público y particularmente a los empleados de carácter interino)
  • TS 21 enero 2013, rcud. 301/2012 (no cabe la extinción del contrato de interinidad cuando la plaza se cubre con otro contrato de interinidad)
  • TS 10 de julio de 2013, rcud. 2844/2012 (no cabe la extinción del contrato de interinidad por vacante cuando la plaza se cubre provisionalmente por un procedimiento ajeno al proceso selectivo reglamentario)
  • TS 22 de julio de 2013, rcud. 1380/2012 (la amortización de la plaza es causa de extinción de los contratos de interinidad o no fijos)

Recursos

Bibliografía

Véase También

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