Créditos por Salarios Anteriores a la Declaración de Concurso en España en España
[rtbs name=»derecho-home»]Créditos por Salarios de los Últimos Treinta Días Anteriores a la Declaración de Concurso en Derecho Concursal
Establece la Ley Concursal respecto de créditos por salarios de los últimos treinta días anteriores a la declaración de concurso lo siguiente: Los créditos contra la masa, cualquiera que sea su naturaleza, habrán de satisfacerse a sus respectivos vencimientos, cualquiera que sea el estado del concurso. Los créditos del artículo 84.2.lº (salarios de los últimos treinta días de trabajo anteriores a la declaración del concurso y hasta el doble del salario mínimo interprofesional) se pagarán de forma inmediata. Art. l54.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)
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