Daños y Perjuicios en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daños y Perjuicios. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daños y Perjuicios. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daños y Perjuicios. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daños y Perjuicios. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Son daños el mal sufrido por una persona, u ocasionado en una cosa, a causa de una lesión que realce directamente sobre ellas; y perjuicios la ganancia cierta que ha dejado de obtenerse.
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Daños y Perjuicios en la Enciclopedia Jurídica Omeba.
- Información sobre Daños y Perjuicios en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011).
- Información sobre Daños y Perjuicios en Tratado de Derecho Civil Español.
Guía sobre Daños y Perjuicios
Daños y perjuicios
Para más información sobre Daños y perjuicios puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Daños y perjuicios
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Daños y perjuicios es el siguiente:
- Hoy, efemérides del desbloqueo de Berlín por la Unión Soviética
- El Barrio en Democracia Participativa, Antropología y Sociología (2)
- Historia de los Derechos Económicos de las Mujeres en el Mundo Musulmán
- Anunciando la Guía Esencial de la Influencia de las Mujeres Bizantinas
- ¿Cómo deben medir la satisfacción los escritores y editores de Substack?
- El Barrio en Democracia Participativa, Antropología y Sociología (1)
- Hoy, efemérides de la lucha por el poder protagonizado por desempoderados en su época
Constituye este concepto uno de los principales en la función tutelar y reparadora del Derecho. Ambas voces se relacionan por completarse; puesto que todo daño provoca un perjuicio, y todo perjuicio proviene de un daño, En sentido jurídico, se considera daño el mal que se causa a una persona o cosa, como una herida o la rotura de u n objeto ajeno; y por perjuicio; la pérdida de utilidad o de ganancia, cierta y positiva, que ha dejado de obtenerse; pues el herido, por ejemplo, ha perdido sueldos u honorarios, o la máquina rota ha dejado de producir tal artículo.
Véase También
- Preaviso
- Indemnizaciones
- Dedicación plena
- Especialización profesional
- Plena dedicación
- Empresa
- Trabajo
- Trabajadores
- Empresario
- Empleo
- Duración
- Pactos
- Compensación
- Indemnizaciones
- Permanencia en la empresa
- Concurrencia
- Libertad de contratación
- Competencia ilícita
- Técnicos titulados
- Dedicación plena