Derecho Comunitario

Derecho Comunitario en España en España en España

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Derecho Comunitario en otras Referencias Legales

Derecho Comunitario en la Enciclopedia Jurídica

Derecho Comunitario en el Diccionario Legal

Derecho Comunitario en la Normativa española

Derecho Comunitario

Recursos

Véase también

Otras entradas sobre la Normativa española

 

El Derecho Comunitario Europeo

De acuerdo con Díez-Picazo y Gullón, tras la adhesión de España a las Comunidades Europeas hay que tener en cuenta que los tratados constitutivos de las Comunidades atribuyen a sus organismos algunas competencias derivadas de la Constitución, lo que conlleva a una modificación del sistema interno de fuentes del Derecho, puesto que hay toda una serie de normas y decisiones europeas de aplicación directa como los reglamentos de la Comunidad.

El Derecho comunitario ostenta una primací a sobre el nacional, alcanzando la misma a los Tratados (Derecho originario) y las normas y actos adoptados para su aplicación (Derecho derivado).

La fuentes formales del Derecho español, tras la adhesión a la Comunidad Europea, han quedado alteradas y son las siguientes (O’Callaghan):

10. – La Constitución, que es la norma suprema del Ordenamientojurí dico; toda norma inferior que vaya contra ella, podrá dar lugar a un recurso o cuestión de inconstitucionalidad.

20 – Los Tratados internacionales.

30. – Los Reglamentos de la Unión Europea y las Directivas, siempre que tengan una norma directamente aplicable y que no haya sido dictada la norma adecuada de desarrollo por el poder legislativo español.

40. – La Ley: Ley orgánica u ordinaria, Decreto legislativo o Decreto Ley, ley estatal o de la Comunidad Autónoma, todas en su propia competencia.

50 La costumbre.

60 Los principios generales del derecho.

Derecho Comunitario (Contenido)

En este pórtico legal, una parte del material disponible en relación a derecho comunitario es el que se irá incorporando en esta sección.

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