Derechos Fundamentales en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos Fundamentales. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos Fundamentales. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos Fundamentales. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos Fundamentales. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Los que al ser inherentes a la dignidad humana y necesarios al libre desarrollo de la personalidad se les asigna un valor jurídico superior y suelen recogerse en las constituciones modernas.
Introducción a los Derechos Fundamentales y Derechos de la Personalidad
Ideas Básicas
Con las expresiones «derechos fundamentales» o «derechos de la personalidad» se suele hacer referencia a un conjunto de derechos inherentes a la propia persona que todo ordenamiento jurídico debe respetar, por constituir en definitiva manifestaciones varias de la dignidad de la persona y de su propia esfera individual. (española) vigente Constitución contempla el tema que nos ocupa en forma satisfactoria y amplia. La propia Constitución subraya la ingerencia de tal conjunto de derechos al propio concepto de persona: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social» (artículo 10 de la Constitución Española). En los tiempos contemporáneos, los derechos inherentes al desarrollo de la personalidad de todos y cada uno de los miembros de la colectividad es objeto de especial atención por parte de los especialistas del Derecho civil. Así, de forma simultánea a la aprobación de la Constitución, la sección tercera de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la persona, lleva como rúbrica la de «garantía jurisdiccional civil», manifestando que, en relación con los derechos fundamentales, existe igualmente una perspectiva jurídico-privada que puede deslindarse de las demás.
Derechos de la Personalidad y Derechos Fundamentales en relación al derecho de la persona, la condicion de persona y los derechos de la personalidad
Dentro del bloque temático sobre la parte general del Derecho Civil, persona y familia, esta sección examina lo siguiente: derechos de la personalidad y derechos fundamentales, en el contexto del derecho de la persona, la condicion de persona y los derechos de la personalidad, y en conexión con la persona como sujeto de la relación jurídica (condición de persona, derechos de la personalidad, capacidad de obrar, ausencia y fallecimiento, nacionalidad, vecindad civil y domicilio, el Registro Civil, personas jurídicas, asociaciones y fundaciones). Para una visión internacional y comparada de derechos de la personalidad y derechos fundamentales, puede consultarse la enciclopedia jurídica global.Derechos Fundamentales
Recursos
Véase También
- Derechos Fundamentales en la Enciclopedia del Derecho
- Derechos Fundamentales en el Diccionario legal
Bibliografía
- Información sobre Derechos Fundamentales en la Enciclopedia Jurídica Omeba.
- Información sobre Derechos Fundamentales en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011).
- Información sobre Derechos Fundamentales en Tratado de Derecho Civil Español.
Guía sobre Derechos Fundamentales
Derechos Fundamentales en otras Referencias Legales
Derechos Fundamentales en la Enciclopedia Jurídica
Derechos Fundamentales en el Diccionario Legal
Derechos Fundamentales en la Normativa española
Introducción a los Derechos Fundamentales y Derechos de la Personalidad
Ideas Básicas
Con las expresiones «derechos fundamentales» o «derechos de la personalidad» se suele hacer referencia a un conjunto de derechos inherentes a la propia persona que todo ordenamiento jurídico debe respetar, por constituir en definitiva manifestaciones varias de la dignidad de la persona y de su propia esfera individual. (española) vigente Constitución contempla el tema que nos ocupa en forma satisfactoria y amplia. La propia Constitución subraya la ingerencia de tal conjunto de derechos al propio concepto de persona: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social» (artículo 10 de la Constitución Española). En los tiempos contemporáneos, los derechos inherentes al desarrollo de la personalidad de todos y cada uno de los miembros de la colectividad es objeto de especial atención por parte de los especialistas del Derecho civil. Así, de forma simultánea a la aprobación de la Constitución, la sección tercera de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la persona, lleva como rúbrica la de «garantía jurisdiccional civil», manifestando que, en relación con los derechos fundamentales, existe igualmente una perspectiva jurídico-privada que puede deslindarse de las demás.
- Hoy, efemérides de la recuperación francesa de Orleans, frente a los ingleses
- Hoy, efemérides de la Ejecución de Mussolini, intentando escapar de Italia
- Historia Completa de la Unión Francesa, en la efemérides de la Independencia de Togo
- Hoy, Efemérides de la Independencia de 2 países de África
- Hoy, Aniversario del Bombardeo de Guernica, en día de Mercado
- Hoy, Aniversario de la Primera Ejecución por Guillotina
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
Recursos
Véase también
Otras entradas sobre la Normativa española
- Constituciones
- Leyes Forales
- Leyes Básicas de Derecho Mercantil
- Derecho Financiero y Tributario
- Convenciones
- Leyes Orgánicas
- Leyes Básicas de Derecho Penal
- Oficio
- Causas de despido
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- Ideas religiosas
- Constitución española
- Causas objetivas de extinción del contrato de trabajo
- Despido improcedente
- Despido disciplinario
-
Véase También
- Nulidad
- Condiciones de trabajo
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- Contratos de trabajo temporales
- Desempleados
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- Asociaciones sindicales
- Igualdad de trato
- Edad
- Organizaciones sindicales
- Estatuto de los Trabajadores
- Asociaciones empresariales
- Ideas políticas
- Ideas religiosas
- Disposiciones reglamentarias
- Condición social
- Estado civil
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- Colocación
Véase También
- Sexo
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- Remuneración
- Complementos salariales
Véase También
- Nulidad
- Sindicatos
- Discriminación
- Seguridad e higiene en el trabajo
- Mujer
- Formación profesional
- Oficio
- Salario
- Igualdad de trato
- Edad
- Promoción
- Negociación colectiva
- Dignidad del trabajador
- Ideas políticas
- Ideas religiosas
- Remuneración
- Condición social
- Conflictos colectivos
- Deberes del empresario
- Derechos del trabajador
- Elección de profesión u oficio
- Estado civil
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- Representantes de los trabajadores
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- Empresa
- Empresario
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- Estatuto de los Trabajadores
- Acuerdos
- Discriminación
- Sexo
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- Mujer
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- AntigUedad en la empresa
- Estatuto de los Trabajadores
- Ascensos
- Igualdad de trato
Véase También
- Trabajadores
- Representación legal
- Convenios colectivos
- Empresario
- Salario
- Trabajo
- Seguridad Social
- Discriminación
- Indemnizaciones
- Nulidad
- Extinción del contrato
- Despido
- Sección sindical
- Readmisión del trabajador
- Cargos sindicales
- Ideas políticas
- Ideas religiosas
- Constitución española
- Despido improcedente
- Carta de despido
- Comunicación escrita
- Despido disciplinario
Derechos Fundamentales en Derecho Civil
Derechos Fundamentales podría definirse de la siguiente forma: Conjunto básico de facultades y libertades garantizadas judicialmente que la constitución reconoce a los ciudadanos de un país determinado.
Derechos de la Personalidad y Derechos Fundamentales
El propósito de esta sección es ofrecer un análisis general de las normas y las cuestiones relativas a derechos de la personalidad y derechos fundamentales en el contexto del derecho civil español. Aunque esta sección identifica algunos conceptos y casos aplicables, no tiene la intención de ser un análisis comprensivo de todos los asuntos que guarden relación con derechos de la personali
dad y derechos fundamentales. En relación a la parte general del derecho civil (persona y familia) o, más especificamente, al derecho de la persona (la condicion de persona) y los derechos de la personalidad, esta sección trata de explorar, sumariamente, los principales atributos y, en algunos casos, las consecuencias de derechos de la personalidad y derechos fundamentales. Asimismo, y esta vez en relación a la persona como sujeto de la relación jurídica (condición de persona, derechos de la personalidad, capacidad de obrar, ausencia y fallecimiento, nacionalidad, vecindad civil y domicilio, el Registro Civil, personas jurídicas, asociaciones y fundaciones), tras una básica descripción, se ofrece algunas referencias cruzadas a otras partes de la enciclopedia jurídica que, guardando relación con derechos de la personalidad y derechos fundamentales, examinan de forma más permonizada el tema.