Forma de la Cesión de Créditos

Forma de la Cesión de Créditos en España en España

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Forma: Principio de Libertad de Forma

Ideas Básicas

En la cesión de créditos rige el principio de libertad de forma como elemento esencial (Art. 1278 del Código Civil español). Puede adoptar la forma de compraventa, donación o incluso de pago. Si el crédito proviene de un acto consignado en escritura pública, se dispone hacer la cesión en escritura pública. Además, si es superior a 1500 pesetas se puede exigir que se haga en documento privado. Si se cede un crédito hipotecario, es necesario hacerlo en escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad.

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