Grado Personal en España en España
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Grado Personal
Grado Personal en el Derecho Administrativo español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Grado Personal es descrito de la siguiente forma: Es la manifestación más clara de la carrera administrativa. El grado personal equivale a un nivel de complemento de destino de la escala general que va del 1 al 30, y se consolida por el desempeño ininterrumpido de un puesto de trabajo durante dos años consecutivos o tres alternos.
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Su efecto fundamental se produce en el supuesto de cese en un puesto de trabajo, remoción en el mismo o, en general, cualquier situación transitoria en la que pueda encontrarse el funcionario. En este supuesto, el funcionario puede ser adscrito a un puesto de trabajo de hasta dos niveles inferiores al grado consolidado, lo que se configura tímidamente como un elemento de carrera que compensa las posibles pérdidas en las situaciones de cambio. [A.P.O.]