Habilitar en España en España
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Habilitar
Para más información sobre Habilitar puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Habilitar
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Habilitar es el siguiente:
Autorizar, reconocer como hábil, apto o capaz para algo. | Facultad para comparecer en juicio al menor no emancipado o a la casada. | Conceder anticipadamente la mayoría de edad al menor sujeto a tutela. | Realizar, por urgencia u otra causa justa, actuaciones judiciales en días inhábiles. | Entregar a un concursado la administración de sus bienes. | Dar capital para emprender negocios en nombre propio. | Conceder participación en los beneficios de una sociedad o establecimiento, por los servicios prestados o gestión cumplida. | En los concursos para prebendas o curatos, declarar hábil y acreedor a una plaza futura. | Proveer, facilitar lo necesario para un viaje o empeño análogo.
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Habilitar en Derecho Civil
Habilitar podría definirse de la siguiente forma: Subsanar en las personas falta de capacidad civil o de representación, y en las cosas, deficiencias de aptitud o de permisión legal. HABILITAR para comparecer en juicio; Autorizar horas o días para actuaciones judiciales.
Historia del término: en 1838
«Dar a alguno por capaz y apto para alguna cosa, como para regir por sí su hacienda o servir algún empleo.» (1)
Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).