Historia del Hidalgo

Historia de Hidalgo o Hijo-dalgo en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Historia del Hidalgo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]»El que por su sangre y linaje es de una clase distinguida, o el noble por linaje: ley 3ª, tít. 12, Part. 2ª. Son varias las opiniones sobre el origen de esta voz. Unos la traen de la palabra latina itálico, diciendo que no solamente los italianos que durante la dominación romana venían a España en numerosas colonias, sino también aquellos españoles a quienes por los grandes servicios qué hacían a los conquistadores se les comunicaba el derecho que los primeros tenían de no pagar tributos, llegaron a ser conocidos con la denominación de itálicos, que luego por corrupción vino a parar en hidalgo, de suerte que por itálico y después por hidalgo se entendían mas bien los inmunes de tributos que los procedentes de Italia. Otros afirman que hidalgo es lo mismo que hijo de godo; y efectivamente solo los Godos y sus descendientes, después del abatimiento de los Romanos, gozaban la inmunidad de pechos y tributos y otras distinciones que como vencedores se habían arrogado; pero muchas vueltas hubo de dar la expresión hijo de godo para transformarse en hidalgo, a no ser que se diga que los Godos despojaron a los Romanos de esta denominación y se la apropiaron ellos, así como se habían apropiado la cosa significada. Mas la ley 2ª, tít. 21, Part. 2ª, quiere que hidalgo o hijo-dalgo signifique hijo de bien, esto es, hombre de riqueza o arraigo, porque la palabra algo se tomaba antiguamente por bienes, hacienda o caudal. Elejíase en lo antiguo, según dicha ley, para caballeros encargados de defender la tierra, a los cazadores como hechos a pasar trabajos en el monte; a los carpinteros, herreros y pedreros, por el hábito de herir y golpear y su fortaleza de manos; y a los carniceros, por su costumbre de matar y derramar sangre; mas habiéndose observado que tales hombres, en lugar de vencer a los enemigos, eran vencidos de ellos, fue preciso buscar hombres pundonorosos, que aunque menos fuertes, se avergonzasen mas de huir en las batallas, y así se prefirió y escogió a los de buen linaje y que tuvieran algo, llamándolos por esta razón fijos-dalgo. El hidalgo se considera tanto mas hidalgo, cuanto mas antigua es su hidalguía, cuanto mas se remonta y pierde su origen en la noche de los tiempos, cuanto mas indefinida es la línea de progenitores que se distinguieron por sus virtudes y servicios al Estado; pero para ser legítima y verdadera hidalguía, debe subir a lo menos hasta los bisabuelos: ley 2ª, tít. 11, Part. 2ª.

Aquel cuyos cuatro abuelos paternos y maternos son hidalgos, se dice hidalgo de cuatro costados. La hidalguía se trasmite por el padre mas bien que por la madre; de modo que siendo el padre hidalgo, aunque no lo sea la madre, lo será el hijo; y al contrario, aunque la madre sea hijadalgo, si no lo es el padre, no lo será tampoco el hijo, porque el hijo sigue, en cuanto a las honras y dignidades, la condición del padre: ley 3ª, tít. 21, Part. 2ª. Cuando solo el padre sea hidalgo y no la madre, será hidalgo el hijo, como se ha dicho, pero no será tenido por noble, como observa la misma ley, pues para ser noble no basta que el padre sea hidalgo, sino que es necesario que lo sea también la madre. Síguese de aquí, que la nobleza es superior a la hidalguía; pero comúnmente se confunde una con otra, y lo mismo se entiende ahora por hidalgo que por noble. Aunque no es hidalgo propiamente dicho sino el que lo es por linaje, hay empero hidalgos de privilegio, que son los que han obtenido la nobleza o hidalguía por compra o merced real. Mas entre los hidalgos de privilegio y los hidalgos de linaje no hay otra diferencia sino que la hidalguía comienza en los primeros por concesión o gracia del Rey, y se trasmite y continúa en los segundos por descender de los primeros; de suerte que hidalgo de privilegio es el que adquiere la hidalguía por sí mismo, e hidalgo de sangre o de linaje el que la hereda del hidalgo de privilegio. V. Noble.» (1)

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Notas

  1. Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).

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