Libro de Inventarios en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Libro de Inventarios. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Libro De Inventarios en Derecho mercantil
Aquel en que periódicamente se han de hacer constar, en derecho español y en el de algunos otros sistemas jurídicos, todos los bienes y derechos del activo y todas las deudas y obligaciones del pasivo de cada comerciante, persona natural o jurídica, y balance general de su giro.
Historia del término: en 1838
«El registro de los bienes, créditos y deudas de un negociante. Este libro empieza con la descripción exacta del dinero, bienes muebles e inmuebles, créditos y otra cualquiera especie de valores que formen el capital del comerciante al tiempo de comenzar su giro: art. 36. después forma el comerciante anualmente, y extiende en el mismo libro, el balance general de su giro, comprendiendo en él todos sus bienes, créditos y acciones, así como también todas sus deudas y obligaciones pendientes en la fecha del balance, sin reserva ni omisión alguna: art. 36. Todos los inventarios y balances generales deben firmarse por todos los interesados en el establecimiento mercantil que se hallen presentes a su formación: art. 36. En los inventarios y balances generales de una sociedad, es suficiente que se haga expresión de las pertenencias y obligaciones comunes de la masa social, sin extenderse a las peculiares de cada socio en particular: art. 37. Los comerciantes por menor no están obligados a hacer el balance general sino cada tres años: art. 38. V. Libros de comercio.» (1)
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Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).