Interés Aplicable a Sentencias Judiciales

Interés Aplicable a Sentencias Judiciales en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Interés Aplicable a Sentencias Judiciales. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Los intereses procesales

Los intereses procesales, regulados en el artículo 576 LEC, pretende el cumplimiento inmediato de una resolución judicial de forma que el transcurso del tiempo perjudique al deudor. Se aplican de oficio por el Juzgado, son exigidos por el Juzgado desde que se dicta una sentencia que condena al pago de una cantidad determinada y líquida, surgiendo la obligación «ope legis», por ley. Tan solo requieren que exista una Sentencia que condene el pago de cantidad determinada y líquida, y a partir de ese momento surgirá la obligación legal de abonarlos, lo que significa que no será precisa su petición y que producirá sus efectos a partir de la Sentencia de primera instancia.

En el ámbito del derecho privado, entonces, siguiendo a la LEC, los intereses judiciales nacen por ley, y así lo expresa el apartado 1 del Art. 576: «Desde que fuere dictada en primera instancia, toda sentencia o resolución que condene al pago de una cantidad de dinero líquida determinará, en favor del acreedor, el devengo de un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos o el que corresponda por pacto de las partes o por disposición especial de la ley.»

Los intereses procesales en el Ordenamiento Administrativo

En la Jurisdicción Contencioso-Administrativa existen intereses judiciales o procesales (los legales incrementados en dos puntos) en el ámbito de la LJCA. La LEC, en este ámbito, es supletoria de la LJCA, pero en todo caso, como en toda «interacción» entre normas, rige el principio de especialidad.

En ambos supuestos (LEC y LJCA) estos intereses procesales se encuentran regulados en las partes de las respectivas leyes dedicadas a la ejecución («De la ejecución dineraria» la primera y «Ejecución de sentencias» la segunda), por lo que nacen en un momento posterior a que se haya dictado la sentencia.

En el ordenamiento administrativo, por aplicación de la LJCA, el interés desde la notificación de la sentencia dictada en primera (o única instancia) es el interés legal, no el judicial, siendo este último «potestativo», esto es, dependerá de que la autoridad judicial entienda la falta de diligencia en el cumplimiento a la que se refiere el apartado 2 del Art. 106 de la norma: «A la cantidad a que se refiere el apartado anterior se añadirá el interés legal del dinero, calculado desde la fecha de notificación de la sentencia dictada en única o primera instancia».

También debe tenerse en cuenta el apartado 4 del Art. 106 de la misma ley: «No obstante lo dispuesto en el artículo 104.2, transcurridos tres meses desde que la sentencia firme sea comunicada al órgano que deba cumplirla, se podrá instar la ejecución forzosa. En este supuesto, la autoridad judicial, oído el órgano encargado de hacerla efectiva, podrá incrementar en dos puntos el interés legal a devengar, siempre que apreciase falta de diligencia en el cumplimiento».

Aplicación de intereses comerciales de demora por el impago de los honorarios

La Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17/10/2017 acepta la PROCEDENCIA de aplicar intereses comerciales de demora por el impago de honorarios derivados de un contrato de asesoramiento jurídico, siempre que se trate de una sociedad o empresario y no de consumidores.

10 comentarios en «Interés Aplicable a Sentencias Judiciales»

  1. Candela
    Buenos días, alguien me podría decir si una indemnización por despido objetivo por causas economicas, en el caso de no ser abonada, generaría intereses de demora desde que interpongo demanda de reclamación de cantidad?

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  2. Candela
    Buenos días, alguien me podría decir si una indemnización por despido objetivo por causas economicas, en el caso de no ser abonada, generaría intereses de demora desde que interpongo demanda de reclamación de cantidad?

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  3. daniela
    Hola, necesito calcular los intereses para presentar un escrito en el Juzgado, gane un juicio, gane la apelación y acabo de recibir el último monto de la deuda de 800 euros que se ha ido pagando mediante embargos a lo largo de estos años.

    La demanda la puse el 19 de octubre de 2010, la sentencia a mi favor salio el 16 de Septiembre de 2011, y los pagos hasta completar los 800 euros de deuda el último ha sido el 26 de Diciembre de 2014. En la demanda puse que requeria el interés legal. Cuanto sería lo que tendria que pedir exactamente? Yo fui sin abogado a este juicio.

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  4. daniela
    Hola, necesito calcular los intereses para presentar un escrito en el Juzgado, gane un juicio, gane la apelación y acabo de recibir el último monto de la deuda de 800 euros que se ha ido pagando mediante embargos a lo largo de estos años.

    La demanda la puse el 19 de octubre de 2010, la sentencia a mi favor salio el 16 de Septiembre de 2011, y los pagos hasta completar los 800 euros de deuda el último ha sido el 26 de Diciembre de 2014. En la demanda puse que requeria el interés legal. Cuanto sería lo que tendria que pedir exactamente? Yo fui sin abogado a este juicio.

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  5. Señores:

    En una sentencia de un proceso de responsabilidad contractual, la sentencia en lo referente a las pretensiones en un negocio de compraventa de un bien raíz, dice:19 Declaración de responsabilidad de la demandada.

    Como consecuencia de la anterior declaración condenar a la sociedad demanda a pagar a la sociedad demandante las siguiente sumas de dinero por los siguientes conceptos:

    a) La suma de $ 200’000.000, como valor que recibió la demandada por concepto de anticipo del negocio.
    b) Una suma correspondiente a los intereses moratorios sobre esta suma de dinero y que dio origen a esta demanda, desde el 20 de junio de 2.010, hasta que el pago se cumpla.

    Al momento de la sentencia del cobro jurídico de lo sentenciado, la demandada apeló la sentencia en lo que se refiere a los intereses moratorios, obteniendo del Tribunal una afirmativa, que solo había lugar a intereses de tipo civil.

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  6. Señores:

    En una sentencia de un proceso de responsabilidad contractual, la sentencia en lo referente a las pretensiones en un negocio de compraventa de un bien raíz, dice:19 Declaración de responsabilidad de la demandada.

    Como consecuencia de la anterior declaración condenar a la sociedad demanda a pagar a la sociedad demandante las siguiente sumas de dinero por los siguientes conceptos:

    a) La suma de $ 200’000.000, como valor que recibió la demandada por concepto de anticipo del negocio.
    b) Una suma correspondiente a los intereses moratorios sobre esta suma de dinero y que dio origen a esta demanda, desde el 20 de junio de 2.010, hasta que el pago se cumpla.

    Al momento de la sentencia del cobro jurídico de lo sentenciado, la demandada apeló la sentencia en lo que se refiere a los intereses moratorios, obteniendo del Tribunal una afirmativa, que solo había lugar a intereses de tipo civil.

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  7. En caso de reclamación judicial, los intereses moratorios y procesales tienen una serie de diferencias, también similitudes, que debemos tener en cuenta.

    En ambos casos, lo que se pretende es que, por el transcurso del tiempo, no se perjudiquen los derechos del acreedor, de forma que se evite la depreciación del valor de una deuda.

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  8. En caso de reclamación judicial, los intereses moratorios y procesales tienen una serie de diferencias, también similitudes, que debemos tener en cuenta.

    En ambos casos, lo que se pretende es que, por el transcurso del tiempo, no se perjudiquen los derechos del acreedor, de forma que se evite la depreciación del valor de una deuda.

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  9. La información sobre interés aplicable sentencias judiciales contiene las siguientes cuestiones, entre otras: calculo intereses judiciales, calculo intereses legales ejecución sentencia, liquidación de intereses en ejecución de sentencia, intereses procesales, liquidación intereses ejecución, calculo intereses moratorios,
    liquidación de intereses de la LEC e intereses procesales 2017 y 2018.

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    liquidación de intereses de la LEC e intereses procesales 2017 y 2018.

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  10. La información sobre interés aplicable sentencias judiciales contiene las siguientes cuestiones, entre otras: calculo intereses judiciales, calculo intereses legales ejecución sentencia, liquidación de intereses en ejecución de sentencia, intereses procesales, liquidación intereses ejecución, calculo intereses moratorios,
    liquidación de intereses de la LEC e intereses procesales 2017 y 2018.

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