Juez Privativo en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Juez Privativo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Historia del término: en 1838
«El que tiene facultad para conocer de una causa con inhibición o exclusión del juez ordinario que debería determinarla. Tal es el que ha sido delegado por juez superior al del partido, pues inhibe y priva a los ordinarios del conocimiento de las causas contenidas en su comisión, aunque pendan ante ellos: bien que hoy no puede haber jueces privativos de esta especie, porque nadie puede ser juzgado por comisión alguna, según se ha dicho al fin del artículo Juez delegado. Tal es también el que ejerce alguna jurisdicción privilegiada o especial en orden a ciertas causas o personas que se han sustraído por la ley a la jurisdicción real ordinaria o común; como por ejemplo, el juez eclesiástico y el militar.» (1)
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Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).