Manos Limpias

Manos Limpias en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Manos Limpias. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Concepto de Manos limpias

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Manos limpias es el siguiente:

Honradez, pureza e integridad con que se desempeña un cargo; y más especialmente si se dispone de fondos o se está en relación con importantes intereses económicos. | Dietas, comisiones, pluses, horas extraordinarias y otros emolumentos que, además de la retribución normal de un trabajo o empleo, se perciben del mismo, con arreglo a necesidad y justicia.

Sindicato Manos Limpias

Para más información sobre el Sindicato Manos limpias, su secretario general, Miguel Bernad, y la abogada Virginia López, puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

JOAN J. QUERALT, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, para un artículo en el Períodico de Cataluña, sostiene que se trata de un «pseudosindicato, que ningún trabajador defiende,» y añade que:

«No me parecería descabellado… la teoría de que estas asociaciones (Ausbanc y Manos Limpias) hubieran podido servir de punta de lanza de bastardos intereses, incluso afines entre sí, para llevar a cabo algunos de los espectáculos mediático-judiciales que tanto éxito tienen en algunos ámbitos.

No obstante, nada de esto hubiera sido posible si en todos los juzgados en los que Manos Limpias ha ejercido acciones penales como acusación popular -es decir, sin ser perjudicado por el delito- se hubiera optado, como hizo la Audiencia de Barcelona -y ratificó el Tribunal Constitucional-, por excluirlo del proceso en el caso de la corrupción del AVE en el nudo de la Trinitat.

¿Cuáles fueron las razones de la exclusión? Dos. Una: no figura en su objeto social -y muy difícilmente puede figurar- ese ejercicio ominoso de acciones penales en todas direcciones. Una cosa es el ideario y otra el objeto social: este no puede ser universal, sino concreto, centrado en unos objetivos. No hay que olvidar que las personas jurídicas son entes artificiales que las personas físicas crean para alcanzar unos determinados fines y solo esos. Dos: un conflicto de intereses, que generan su naturaleza cuasi pública de sindicato y el hecho de que el ámbito actuación de Manos Limpias se desarrolle en las Administraciones públicas.»

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