Matrimonio

Matrimonio en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Matrimonio. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Matrimonio. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Matrimonio. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Matrimonio

Para más información sobre Matrimonio puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Matrimonio

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Matrimonio es el siguiente:

Una de las instituciones fundamentales del Derecho, de la religión y de la vida en todos sus aspectos. Quizás ninguna tan antigua, pues la unión natural o sagrada de la primera pareja humana surge en todos los estudios que investigan el origen de la vida de los hombres, y establecida como principio en todas las creencias que ven la diversidad sexual complementada en el Matrimonio, base de la familia, clave de la perpetuidad de la especie y célula de la organización social primitiva y, en su evolución, de los colosales o abrumadores Estados. Modestino definió el Matrimonio romano, basado en la comunidad de condición social y de creencias religiosas, como conjuctio maris et feminae, consortium omnis vitae, divine atque hunani juris comunicatio (unión de marido y mujer, consorcio para toda la vida, comunicación del Derecho humano y del divino). Para Bergier es la «sociedad constante de un hombre y una mujer, para tener hijos». Ahrens dice que es «la unión formada por dos personas de distinto sexo, a fin de producir una comunidad perfecta de toda su vida moral, espiritual y física, y de todas las relaciones que son su consecuencia». De Casso lo estima como «la unión solemne e indisoluble de hombre y de mujer para prestarse mutuo auxilio y procrear y educar hijos». | A PRUEBA. Llamado también temporal, no es tal Matrimonio, sino un concubinato convenido por plazo más o menos largo y definido, como ensayo de la compatibilidad de caracteres y aceptación consciente de las cargas matrimoniales fu turas y permanentes. | CANÓNICO. El religioso contraído con arreglo a las prescripciones de la Iglesia católica. | CIVIL. El celebrado ante el funcionario competente del Estado, conforme a la legislación ordinaria. | CLANDESTINO. El que antiguamente se celebraba sin la presencia del propio párroco ni de los testigos. | CONSUMADO. Aquel en el cual los cónyuges se han unido carnalmente luego de la legítima celebración. | DE CONCIENCIA. La unión conyugal que, por excepcionales motivos y especial autorización de la autoridad eclesiástica, se celebra sin la publicación de proclamas, a fin de mantener el Matrimonio en secreto y oculto hasta desaparecer la causa que haya originado la reserva. | ILEGAL. El contraído con infracción de la legislación vigente en materia de capacidad o forma. | «IN ARTÍCULO MORTIS o IN EXTREMIS». El celebrado con menos requisitos que el ordinario cuando uno o ambos contrayentes se encuentran en inminente peligro de muerte. | LEGÍTIMO. El contraído conforme a las leyes o los cánones, por personas plenamente capaces, y con todas las formalidades de cada caso. | El contraído con arreglo a la legislación del país en que se celebre. | El que une establemente a marido y mujer y surte efectos civiles. | MORGANÁTICO o DE LA MANO IZQUIERDA. El contraído entre personas de muy diferente posición social. Propiamente se dice del celebrado entre un príncipe o princesa con mujer u hombre de inferior linaje, según los prejuicios nobiliarios. | NULO. El que no crea vínculo conyugal entre las partes, incapaces por naturaleza o ley para contraer Matrimonio. | POR PODER. Aquel a cuya celebración -civil o religiosa, o en ambas sólo concurre en persona uno de los contrayentes, al cual acompaña en lo ceremonial y en el otorgamiento o firma de los documentos matrimoniales un representante expresamente designado por el otro contrayente, impedido de asistir, debido por lo común a encontrarse en país o lugar distinto y distante. | PUTATIVO. De acuerdo con la etimología latina del adjetivo, que procede del verbo putare, juzgar, creer, quiere decir tanto como Matrimonio supuesto, el que tiene apariencia de tal, sin serlo en realidad. | RATO. El celebrado legítima y solemnemente que no ha llegado todavía a consumarse, por no haber cohabitado carnalmente entre sí los cónyuges.

Legislación de Derecho Civil sobre Instrucción de la DGRN sobre el expediente previo al matrimonio cuando uno de los contrayentes está domiciliado en el extranjero

Legislación de Derecho Civil sobre Familia y Sucesiones

Entrada Principal: Derecho de Familia. La legislación básica española en derecho civil sobre esta materia es la siguiente:

  • Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos
  • Acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Ley 24/1992)
  • Acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Israelitas de España (Ley 25/1992)
  • Acuerdo de cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España (Ley 26/1992)
  • Instrucción de la DGRN sobre los matrimonios de complacencia (2006)
  • Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida (Ley 14/2006)
  • Ley sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios (Ley 33/2006)
  • Organización y funcionamiento del fondo de garantía para el pago de pensiones (Real Decreto 1618/2007)
  • Ley de adopción internacional (Ley 54/2007)
  • Régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución (Instrucción de la DGRN)
  • Ley sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias (Ley 35/2011)

Matrimonio: Contenido

El contenido de este área se haya repartido entre las siguientes entradas y secciones de esta enciclopedia jurídica española:

  • Definiciones generales
  • Matrimonio civil y matrimonio canónico
  • Sistemas matrimoniales
  • El sistema matrimonial español
  • La promesa de matrimonio
  • Las uniones matrimoniales de hecho o «more uxorio»

Matrimonio

Recursos

Véase también

  • Derecho Civil
  • Derecho de Familia
  • Derecho de Sucesiones
  • Legislación de Derecho Civil
  • Derecho Civil VI

Matrimonio en Derecho Civil

Matrimonio podría definirse de la siguiente forma: loc. adv. Durante el matrimonio.

Matrimonio: Antecedentes Histórico-Legislativos

Está disponible toda la legislación promulgada en España, en su texto original, en la recopilación legislativa histórica de la plataforma sobre leyes españolas.

Familia y Sucesiones en la Legislación Histórica de España

Para una aproximación histórica, y en relación con Personas, Bienes y Contratos en la legislación histórica, véase también las entradas publicadas sobre Familia y Sucesiones en esta enciclopedia jurídica española.

Contexto histórico de Matrimonio

Véase información, asimismo, sobre la evolución de la legislación y las iniciativas regulatorias que han afectado a Matrimonio a lo largo de la historia española.

Recursos

Bibliografía

  • Matrimonio en el Diccionario de Legislación Histórica, de Salvador Trinxet Llorca
  • Ley hipotecaria, comentada y explicada, concordada con las leyes y códigos extranjeros, comparada con las disposiciones de la legislación española, que han servido de precedente para redactarla… precedida de una introducción histórica y de la exposición de sus motivos y fundamentos; y seguida del reglamento para su ejecución, etc. (y de un Diccionario completo de la nueva legislación, etc.) (18
    61), de Jose_ María Pantoja y Antonio M. Lloret
  • Matrimonio en el Manual de Historia del Derecho Español, de Francisco Tomás y Valiente (Editorial Tecnos; 2012)
  • Ensayo histórico crítico sobre la legislación de Navarra, de Jose María de Zuaznavar

Véase También

  • Jurisdicción
  • Personas
  • Bienes
  • Contratos
  • Familia
  • Sucesiones

Contenido de las Crisis Matrimoniales (nulidad, Separación, Divorcio, Efectos Comunes) en relación a Efectos comunes a la nulidad, separación y divorcio

Las Crisis Matrimoniales (nulidad, Separación, Divorcio, Efectos Comunes), en dicho contexto, incluye las siguientes materias de derecho civil:

  • El convenio regulador
  • La compensación en los casos de separación y divorcio
  • La indemnización en caso de matrimonio putativo
  • Medidas provisionales
  • Medidas provisionalísimas o previas
  • Sentencia y medidas definitivas

El Matrimonio

El Matrimonio en relación a los Arrendamientos Urbanos

Véase También

  • Resolución de la relación laboral
  • Gastos
  • Desplazamientos
  • Permisos
  • Conflictos colectivos
  • Domicilio
  • Dietas
  • Fraude
  • Cónyuges

Véase También

  • Cargos públicos
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Año nuevo
  • Cumplimiento de deber público
  • Deber inexcusable de carácter público
  • Desplazamientos
  • Enfermedad de parientes
  • Excedencia
  • Excedencia forzosa
  • Fallecimiento
  • Federaciones sindicales
  • Fiesta del trabajo
  • Fiestas laborales
  • Fiesta nacional de España
  • Lactancia
  • Locales
  • Cargos sindicales
  • Muerte
  • Nacimiento de hijo
  • Sufragio
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Empresa

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