Modificación de Condiciones de Trabajo

Modificación de Condiciones de Trabajo en España en España

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Modificación de Condiciones de Trabajo

Jurisprudencia

TS 11 abril 1991, Ar. 3262 (el procedimiento del art. 41 ET sólo es aplicable a la modificación de condiciones contractuales, no a la que afecta a disposiciones legales o convenios colectivos): 17.II.1.B).

TS 3 abril 1995, Ar. 2905 (carácter no exhaustivo de la lista legal de modificaciones sus­tanciales de condiciones de trabajo): 17. II.1.A).

TS 6 mayo 1996, Ar. 4379 (no es modificación de condiciones de carácter colectivo la que afecta a la fijada en contratos individua­les): 17.II.1.B).

TS u.d. 21 febrero 1997, Ar. 623 (plazo de ca­ducidad aplicable a acciones individuales y colectivas en modificación sustancial): 17.II.3.

TS u.d. 21 febrero 1997, Ar. 1571 (el plazo de veinte días de caducidad previsto en el art. 59.4 ET para la impugnación de las deci­siones empresariales de traslado y modifi­cación sustancial de condiciones de trabajo es aplicable a la acción de conflicto colec­tivo con ese objeto): 20.IV.3.A).

TS u.d. 14 marzo 1997, Ar. 2473 (plazo de ca­ducidad aplicable a acciones individuales y colectivas en modificación sustancial): 17.II.3.
TS 2 julio 1997, Ar. 5695 (no tiene naturaleza de modificación sustancial la aceptada por los trabajadores): 17.II.1.A).

TS u.d. 18 julio 1997, Ar. 6354 (no es modifica­ción sustancial el incumplimiento de lo pactado con el trabajador sobre cuantía salarial): 17.II.1.B).

TS 11 diciembre 1997, Ar. 9163 (no tiene natu­raleza de modificación sustancial un cam­bio del procedimiento de descuentos sobre compras): 17.II.1.A).

TS u.d. 7 abril 1998, Ar. 2690 (no modificación de condiciones de trabajo caso de incum­plimiento de lo pactado): 17.II.1.A).

TS 22 junio 1998, Ar. 5703 (no modificación de condiciones de trabajo en el caso de cam­bio en incremento salarial que ha de deci­dir el empresario): 17.II.1.A).

TS u.d. 25 enero 1999, Ar. 896 (no aplicación del art. 41 ET a la modificación de una condición establecida en convenio extraestatutario que dejó de aplicarse al término de su vigencia): 17.II.1.B).

TS u.d. 16 abril 1999, Ar. 4429 (aplicación del art. 41 ET para alterar o revocar un acuerdo sobre transporte colectivo gratuito al centro de trabajo): 17.II.1.B).

TS 22 julio 1999, Ar. 6165 (plazo de caducidad para la impugnación de la decisión empresarial de modificación de condiciones de trabajo): 17.II.3.B).

TS u.d. 8 enero 2000, Ar. 394 (exclusión de la aplicación del art. 41.1 ET de las medidas unilaterales de modificación de condiciones no sujetas a las causas establecidas por la ley): 17.II.2.

TS u.d. 7 abril 2000, Ar. 3287 (no es despido, sino modificación de condiciones de traba­jo, la reducción de jornada por conclusión de una contrata): 18.III.1.C).

TS u.d. 18 septiembre 2000, Ar. 8333 (someti­ miento a los trámites del proceso ordinario, en caso de modificación de condiciones sin respetar las exigencias formales del art. 41 ET): 17.II.3.B).

TS 9 abril 2001, Ar. 5112 (es modificación sus­ tancial la supresión del derecho a un des­cuento sobre compras): 17.II.1.A).

TS 18 junio 2001, Ar. 6309 (para juzgar sobre modificaciones colectivas de condiciones de trabajo es apto el proceso de conflicto colectivo): 20.IV.3.A).
TS 4 octubre 2001, Ar. 1417 de 2002 (es modi­ficación sustancial la de los turnos de tra­ bajo que conlleva el traspaso de los trabajadores y otros efectos): 17.II.1.A).

TS 5 diciembre 2002, Ar. 1944 de 2003 (aplica­ción del plazo de caducidad para iniciación del procedimiento de conflicto colectivo por parte de la Administración): 17.II.3.C).

TS 27 enero 2003, Ar. 3626 (el catálogo legal de materias sometidas a modificación de con­diciones no es cerrado): 17.II.1.B).

TS 7 marzo 2003, Ar. 4499 (imposibilidad de modificación de condiciones sin seguir el procedimiento legal, pero la negociación colectiva puede establecer otros): 17. III.2.B).

TS u.d. 16 abril 2003, Ar. 4531 (el plazo de los arts. 59.4 ET y 138 LPL juega únicamente para la impugnación de decisiones empre­sariales de movilidad geográfica o modifi­cación sustancial de condiciones de trabajo adoptadas al amparo de los arts. 40 y 41 ET): 20.IV.1.D).

TS 22 septiembre 2003, Ar. 7308 (no es modifi­cación de condiciones de trabajo la del ho­ rario en menos de una hora sin alteración de jornada ni de turnos): 17.II.1.B).

TS 9 diciembre 2003, Ar. 2003 de 2004 (es mo­dificación sustancial de condiciones de tra­bajo el cambio en el criterio de distribución de las «horas de ajuste» o de descanso compensatorio por diferencias en horario y jornada): 17.II.1.A).

TS 17 diciembre 2004, Ar. 816 de 2005 (no es modificación sustancial la implantación de sistema de gestión del tiempo de trabajo con nuevo método de control e instaura­ción de horario flexible): 17.II.1.A).

TS 16 junio 2005, Ar. 7323 (es modificación sustancial de condiciones de carácter colec­ tivo la del sistema de elección por los tra­bajadores de la compensación por exceso de jornada): 17.II.1.B).

TS 27 junio 2005, Ar. 7325 (es modificación sustancial la supresión de los conceptos «ayuda comida» y «plus transporte» aunque no sean salario): 17.II.1.A).

TS 21 marzo 2006, Ar. 5022 (no es modificación sustancial la introducción de dos nue­vos criterios orientativos para la concesión de un complemento voluntario): 17.II.I.A).

TS 4 abril 2006, Ar. 4665 (a efectos de la modi­ficación sustancial, el concepto de «remu­neración» es más amplio que el de «sala­rio» del art. 26.1 ET): 17.II.1.A).

TS 26 abril 2006, Ar. 3105 (para el art. 41 ET debe ser sustancial no la condición sino la propia modificación, cualidad que habrá de valorarse atendiendo a su importancia cua­litativa, su alcance temporal e incluso sus eventuales compensaciones: es sustancial la supresión del servicio gratuito de autocar o el cambio en el régimen de uso de vehículo privado de la empresa, pero no la alteración del sistema de pago con tarjeta para des­cuentos en compras, el cambio de criterio para la determinación de un complemento personal de concesión voluntaria, el estable­ cimiento de nuevos sistemas de control ho­ rario, o el retraso en media hora de la entrada y salida del trabajo): 17.II.1.

TS 14 junio 2006, Ar. 3204 (es modificación sustancial la introducción de un nuevo procedimiento con repercusión en el tiempo, la dificultad y el riesgo): 17.II.1.A).

TS 28 febrero 2007, Ar. 3388 (es modificación sustancial el cambio de horario de un gru­po de trabajadores establecido en convenio colectivo): 17.II.1.A).

TS 11 julio 2007, Ar. 6727 (no es modificación sustancial el cambio de horario sin mayor onerosidad ni alteración de prestaciones): 17.II.1.A).

TS 29 septiembre 2008, Ar. 113 de 2009 (el pro­ ceso de modificación de condiciones de trabajo sólo puede utilizarse cuando se im­pugna una decisión adoptada conforme al art. 41 ET): 20.IV.I.

TS 7 noviembre 2008, Ar. 384 de 2009 (son nu­ las las cláusulas contractuales que permi­ten al empresario modificar jornada y sa­ lario por necesidades del servicio sin ninguna otra limitación por entrañar re­nuncia de los derechos del art. 41 ET; los convenios colectivos pueden fijar procedi­mientos específicos para llevar a cabo mo­dificaciones en las condiciones de trabajo siempre que respeten las disposiciones le­ gales de derecho necesario): 17.II.

TS 20 enero 2009, Ar. 619 (carece de relevancia la entidad de la modificación al depender la calificación de sustancial de la mera in­clusión en la lista del art. 41 ET; es sustan­cial la modificación de un plus de cuantía fija en plus de cuantía variable según obje­tivos): 17.II.1.
TS 20 abril 2009, Ar. 3114 (a falta de otra previsión más específica, las acciones de rescisión del contrato por modificación sustancial han de ejercitarse en el plazo general de prescripción de un año del art. 59.2 ET, computable desde que la acción pudiera ejercitarse): 17.II.2.

TS 28 septiembre 2009, Ar. 5658 (no es posible modificar el horario establecido en conve­nio salvo por el procedimiento previsto en dicha norma pactada): 17.II.1.

TS 6 octubre 2009, Ar. 5661 (la eficacia general y normativa del convenio estatutario justifican la diferencia de trato respecto del convenio extraestatutario en el contexto de la modifi­cación de condiciones de trabajo): 17.II.1.

TS 22 noviembre 2010, Ar. 1204 (el cambio de fecha de devengo de las pagas extraordina­rias debe ser pactado con los trabajadores y no puede considerarse incluido en el poder discrecional del empresario): 17.II.1.A).

TS 16 mayo 2011, Ar. 4876 (la «vara de medir» en el artículo 41 ET no es la «crisis» sino la mejora de la situación de la empresa, por lo que basta que la medida sirva para me­jorar la competitividad o la eficacia del servicio): 17.II.2.A).

TS 17 abril 2012, Ar. 152747 (el art. 41 ET no abarca las modificaciones accidentales que no alteren o transformen los aspectos funda­mentales de la relación laboral): 17.II.1.B).

TS 16 noviembre 2012 (un proceso realmente negociador presidido por la buena fe exige una dinámica de propuestas y contrapro­puestas con voluntad de diálogo y de llegar a un acuerdo): 17.II.2.C).

TS 12 de julio de 2013, rc.89/2012 (son justifi­cadas las modificaciones para adaptar las condiciones de trabajo a las condiciones de la contrata): 17.II.2.

TS 18 de diciembre de 2013, rcud. 2566/2012 (son justificadas las modificaciones moti­vadas por exigencias legales en materia de prevención de riesgos laborales): 17.II.2.

Recursos

Véase También

  • Relación de Trabajo
  • Acuerdos de empresa
  • Movilidad funcional
  • Movilidad geográfica
  • Traslado

Bibliografía

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