Órganos de la Sociedad Unipersonal

Órganos de la Sociedad Unipersonal en España en España

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Sociedad Limitada

Ideas Básicas

Junta general formada por la única persona.

Administradores. Se le permite tener administradores que puede ser un administrador único que puede ser él o administradores retribuidos.

Con respecto a los contratos realizados entre el socio y la sociedad la ley establece que:

Han de ser por escrito.

Han de estar anotados en un libro de autocontratos.

Han de hacerse referencia de los mismos en la memoria anual.

En caso de que esto se incumpla, si la sociedad llega a la insolvencia, estos contratos no podrán ser oponibles a terceros.

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