Participación Financiera de los Empleados en la Empresa

Participación Financiera de los Trabajadores en la Empresa en España en España

[rtbs name=»derecho-home»] A pesar de los esfuerzos de la UE para aumentar la incidencia de la participación financiera de los trabajadores, los esquemas de propiedad de los empleados en España se encuentran en un nivel más bajo que en la década de 1990. Con respecto a cómo los esquemas de participación en los beneficios generalizados están en España, estudios recientes llegan a conclusiones diferentes.

La participación financiera de los empleados no desempeña ningún papel en la negociación colectiva y los sindicatos aceptan modelos de participación financiera solo en forma de beneficios adicionales por encima de la remuneración normal. Sin embargo, se practican modelos de participación distintos a los esquemas tradicionales de participación en los beneficios y de propiedad compartida. Los esquemas cooperativos podrían mencionarse a este respecto.

Autor: Williams

Contexto Legal

La participación financiera de los empleados está sujeta a regulaciones mínimas según la legislación española. La Constitución española de 1978 subraya que el estado debe promover el acceso de los empleados a la propiedad de los medios de producción, favoreciendo la compra de opciones sobre acciones. A pesar de esto, la legislación sobre este aspecto es mínima.1 No hay disposiciones legales específicas que cubran la participación en las ganancias.2
Los pagos suplementarios se rigen por el Estatuto de los Trabajadores de 1986. Las normas normativas se centran en la economía social y las cooperativas. La Ley Nº 11/1994 reformó el mercado laboral al tiempo que trataba de flexibilizar las rígidas estructuras de pago. El Estatuto de los Trabajadores de 1986 regulaba las compras de los empleados y se modificó en 1997 para crear esquemas especiales de participación financiera de los empleados para las compañías limitadas públicas o privadas de los trabajadores. Las cooperativas se rigen por la ley núm. 27/1999 y por las leyes de las comunidades autónomas.

Los ingresos derivados de las acciones de la empresa están libres de impuestos en las siguientes condiciones. Las acciones deben haber sido ofrecidas a todos los empleados de la empresa; un empleado y su familia no deben poseer más del 5% del total de acciones de la compañía; y las acciones deben mantenerse por al menos 3 años. El importe anual libre de impuestos es de 12.000 €. En grupos de empresas, las opciones sobre acciones deben ofrecerse a los empleados de todo el grupo. Los empleados que desean tomar opciones sobre acciones están sujetos al impuesto a las ganancias, siendo el monto imponible la diferencia entre el precio de mercado de la acción y el precio al que se compra la acción. El empleador deduce el impuesto en origen, pagando también las cotizaciones a la seguridad social. Hay tasas de impuestos más bajas para las acciones mantenidas por más de un año.

Autor: Williams

Recursos

Notas y Referencias

1. Würz, S. (2003): „Evaluación de modelos europeos de participación financiera de los empleados“, S. 105 (datos: Dr. Dr. Heissmann GmbH).
2. Lowitzsch, J., Hashi, I. y Woodward, R. (2009): Informe PEPPER IV: Evaluación comparativa de la participación de los empleados en los beneficios y resultados empresariales en los países miembros y candidatos de la Unión Europea. Perfil del país «España».

Véase También

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