Planificación

Planificación en España en España en España

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Planificación

Para más información sobre Planificación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Planificación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Planificación es el siguiente:

En lo metodológico, trazado de normas o pautas para simplificación y eficacia desde lo teórico hasta lo práctico. | En el orden laboral, sistema orgánico de la producción consistente en una racionalización muy estricta, como la del trabajo en cadena. | En el plano gubernamental, establecimiento de una estructura coherente al servicio del progreso nacional o del bienestar público mediante la ejecución de obras, la intensificación productora, la creación o activación de instituciones en plazos de duración intermedia y que suelen extenderse entre un bienio y un quinquenio. En este último sentido, en moderna acepción, la Academia habla de un plan general, científicamente organizado y frecuentemente de gran amplitud, para obtener un objetivo determinado, tal como el desarrollo económico, la investigación científica o el funcionamiento de una industria.

Planificación

Planificación en el Derecho Administrativo español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Planificación es descrito de la siguiente forma: En materia de función pública y desde el año 1994 se ha intentado introducir en España instrumentos de planificación de recursos humanos. Se han denominado planes de empleo y son integrales, con una proyección general, y los operativos, pensados para una operación concreta de reajuste de la correspondiente plantilla o relación de puestos de trabajo. Incluyen medidas indirectas como la excedencia voluntaria incentivada o la jubilación incentivada y la posibilidad del trabajo a tiempo parcial.

Toman en consideración la totalidad de recursos humanos de la organización en cuestión, cualquiera que sea la naturaleza de la relación de servicio (V. desarrollo; funcionarios). [A.P.O.]

 

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