Ratificación

Ratificación en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ratificación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ratificación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ratificación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ratificación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ratificación. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] Acto jurídico que convalida un acto nulo, cuando la causa de la nulidad consiste en la falta de legitimación o de capacidad de la Persona (física, en general) que lo ejecutó.
Ratificación

Recursos

Véase También

Bibliografía

Guía sobre Ratificación

Ratificación

Para más información sobre Ratificación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Ratificación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Ratificación es el siguiente:

Aprobación de un acto ajeno relativo a cosas o derechos propios. | Confirmación de un dicho o hecho propio o que se acepta como tal. | Insistencia en una manifestación. | Reintegración del consentimiento. | Declaración aprobatoria del hecho o resolución del inferior. | DE GESTIÓN DE NEGOCIOS. En cualquiera circunstancias que una persona emprenda la gestión de negocios ajenos abandonados, la Ratificación del dueño del negocio equivale a un mandato, y se le somete para con el gestor a todas las obligaciones del mandante. | DE MANDATO. Resulta ésta, por la tácita, cuando cualquier acto del mandante implique necesaria aprobación de lo hecho por el mandatario.

Ratificación en Derecho Civil

Ratificación podría definirse de la siguiente forma: Acto jurídico que convalida un acto nulo, cuando la causa de la nulidad consiste en la falta de legitimación o de capacidad de la persona que lo ejecutó.

 

La Ratificación

Si alguien actúa en nombre de otra persona sin poseer poder de representación o extralimitándose del que se le ha concedido, la actuación de representante o gestor no vinculajurídicamente al supuestamente representado. No obstante cabe la posibilidad de que el representado, con posterioridad, ratifique la actuación del gestor, que en este supuesto se convierte en actuación representativa y despliega sus efectos como si el poder se hubiera tenido desde un principio.

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