Recuperación Ordinaria de la Nacionalidad en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Recuperación Ordinaria de la Nacionalidad. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
La Recuperación Ordinaria y Sus Requisitos
Ideas Básicas
Con carácter general, la recuperación de la nacionalidad española es objeto de un tratamiento enormemente favorable por parte de la legislación española, pues verdaderamente, trámites formales aparte, únicamente se requiere que el peticionario sea residente legal en España (artículo 26.1.a)). De añadidura, dicho requisito puede ser objeto de dispensa por el Gobierno cuando se trate de emigrantes o hijos de emigrantes, o cuando, con carácter general, concurran en el solicitante circunstancias especiales. El tratamiento otorgado a los emigrantes e hijos de emigrantes se hace extensivo a las mujeres españolas que hubieran perdido la nacionalidad por razón de matrimonio. Los requisitos formales para hacer efectiva la recuperación de la nacionalidad son: Declarar ante el Encargado del Registro Civil la voluntad de recuperarla. Renunciar a la anterior nacionalidad, e Inscribir la recuperación en el Registro Civil.
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