Redención

Redención en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Redención. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] Adquisición de nuevo de una cosa o de un derecho que se ha vendido o transmitido y que antes se había poseído por cualquier razón o título, y así se libera de una determinada obligación o la termina mediante el pago de una cantidad.

Derecho de redimir

Facultad que tiene el enfiteuta de poder extinguir la enfiteusis mediante el pago al señor directo de las cantidades a que tiene derecho por redención de la pensión y del dominio.

Según el derecho catalán tradicional, la regla era la irredimibilidad de la enfiteusis por razón de su carácter perpetuo, si bien se admitía el pacto en contrario; pero la ley de 31 de diciembre de 1945 reconoció al enfiteuta la facultad de redimir.

Remença en la historia del derecho catalán

En la Cataluña Vieja, a partir del siglo XI, era un derecho (pago de una redención personal) que el señor territorial podía exigir del vasallo sujeto a adscripción a la tierra cuando éste quería abandonarla. Sobre el «pagès de remença», véase aquí.

Las «Conmemoraciones» de Pere Albert, redactadas antes del 1250, hablan ya de la redención como de una institución normal en la Cataluña Vieja, pero de hecho no fue reconocida por el rey hasta que Pedro el Grande, en las cortes del 1283, otorgó la constitución en las tierras o luegos , que sancionaba legalmente la remença personal. Era uno de los malos usos suprimidos en 1486 por la sentencia arbitral de Guadalupe.

El libro del sindicato remença fue un documento o libro que recoge las actas de las reuniones de los payeses en un gran número de parroquias de la Cataluña Vieja entre el 13 de octubre de 1448 y el 10 de marzo de 1449. Tiene su origen en las reuniones de los remensas, autorizadas por Alfonso el Magnánimo con la condición de que un funcionario de la corte levantara acta. Escrito en latín (salvo los topónimos, que son en catalán), el libro consta de 237 folios que testimonian 553 reuniones en las que se elegían los representantes o síndicos de los remences que debían negociar la abolición del régimen de servidumbre (remença) y los malos usos asociados, así como las difíciles condiciones de redención. Están identificados, además, los participantes.

Depositado en el Archivo Municipal de Girona, es considerado un documento excepcional de la lucha de un colectivo para el logro de sus derechos. En junio de 2013, la UNESCO incluyó el Libro del sindicato remensa en el Registro de la Memoria del Mundo, un programa que incluye documentos considerados cruciales de la historia de la humanidad.

Redención de la enfiteusis en el derecho catalán

Facultad que el derecho catalán vigente otorga al enfiteuta o censatario de poder extinguir la enfiteusis mediante el abono al señor directo del importe convenido al constituirse la enfiteusis o en pacto posterior. O también la cantidad que resulte de capitalizar la pensión al tres por ciento y el importe de un laudemio de acuerdo con el tipo pactado, y en defecto de pacto, lo que señalen la ley o las costumbres locales.

Redención de una servidumbre

Forma de extinción de una servidumbre mediante el pago de un precio pactado con anterioridad.
El código civil vigente en España prescribe la redención de las servidumbres de pastoreo y de leñas, así como otros que dan derecho a percibir frutos.

Tribunal arbitral de censos

Organismo jurisdiccional que creó la ley del 31 de diciembre de 1945 sobre inscripción, división y redención de censos en Cataluña, con el fin de resolver los problemas jurídicos que provocaba dicha disposición en materia de redención y división de censos. Sobre redención de censos, véase más aquí.

Había un tribunal arbitral en cada capital de las provincias de Barcelona, ​​Girona, Lleida y Tarragona; lo formaban un magistrado, un notario y un registrador de la propiedad. Las decisiones de estos tribunales arbitrales de censos no se podían recurrir. Los tribunales arbitrales de censos fueron suprimidos por la Ley orgánica del poder judicial y sus competencias pasaron a los juzgados de primera instancia.

Sentido Religioso

Liberación por medio de un rescate de la condición de pecado, de infelicidad, de sufrimiento y de muerte.
Como rescate, la idea es común a la mayoría de religiones. Así, el sacrificio de las primicias implica la idea, mientras que las primicias ofertas a la divinidad rescatan para el uso humano y profano el resto del producto; el sacrificio de los primogénitos de los animales rescata los hombres, que de otro modo deberían ser inmolados; el sacrificio de una sola persona puede redimir la colectividad, como la Ifigenia de la mitología griega. Como liberación, la idea se confunde con salvación y está en la base de todas las religiones universalistas y de las antiguas religiones de los misterios, que ofrecen al hombre el camino y los medios para superar los propios límites, la condición natural y mortal.

Sin embargo, el origen jurídico del concepto de redención (liberación del cautiverio o de una obligación mediante el pago de un precio o de un rescate) permite determinar una concepción de la salvación propia de la tradición judeocristiana. Ya en el Antiguo Testamento aparece la imagen del hombre cautivo bajo el poder del maligno y salvado por la intervención gratuita del Dios liberador. Con la figura del siervo de Yahvé que asume y carga sobre su las consecuencias nefastas de la malicia humana y libera, por ello, el pueblo o la humanidad entera, la noción de redención, igualmente como la de expiación, llega al punto culminante de su significación religiosa. A partir del Nuevo Testamento la idea pasa a ocupar un lugar central en el mensaje cristiano. Hay son numerosos los textos en que la muerte de Jesús se explica como «rescate» para el alumbramiento del hombre del poder del mal, que lo tiene sometido. De ahí el valor «redentor» de la muerte de Jesús en la cruz. Tanto la tradición del Nuevo Testamento como la postbíblica conservaron, a pesar del recurso insistente a la noción jurídica de redención, el carácter gratuito tradicional y genuinamente evangélico de la salvación del hombre. Por eso la idea de redención y la de rescate, aplicadas a la muerte de Jesús en la cruz, tienen siempre un sentido figurado y metafórico. La imagen de un Dios que paga al maligno el precio de la muerte de Jesús para conseguir la liberación del hombre se habría considerado aberrante, tomada de una manera estricta y jurídica. Desde el s XI se inició el intento de una explicación teologicojurídica de la muerte de Jesús como muerte redentora apoyada en la noción, también de origen jurídico, de satisfacción. Según las llamadas teorías de la satisfacción -vigentes aún, en gran parte, a nuestros días-, la muerte de Jesús fuera la prestación equitativa, la redención condigno , pagada a Dios por una humanidad representada por el Dios-hombre Jesucristo como precio para la salvación de los hombres. La teología actual considera que toda interpretación demasiado rígidamente jurídica del concepto oscurece el carácter esencialmente gratuito de la salvación de acuerdo con el mensaje evangélico.

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