Regencia

Regencia en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Regencia. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Regencia

Para más información sobre Regencia puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Regencia

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Regencia es el siguiente:

Gobierno. | Dirección. | Empleo o funciones del regente. | Suplencia de un monarca, en las funciones públicas o constitucionales, por minoridad, ausencia, incapacidad del titular, e incluso por quedar vacante el trono. | Aun inexistente la dinastía, hubo Regencia singularísima en Hungría entre las dos guerras mundiales. | Duración del cargo de regente. | Denominación de algunos Estados vasallos del antiguo Imperio turco; como Túnez y Trípoli. | División administrativa que fue utilizada en Alemania en alguna época.

Regencia

Regencia en el Derecho Constitucional español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Regencia es descrito de la siguiente forma: Asunción provisional de las funciones de la Corona por persona o personas constitucionalmente designadas, cuando el titular de aquélla no puede desempeñarlas porque sólo ha sido concebido, porque es menor de edad, porque se halla incapacitado para ello o, en algunos sistemas, porque se produzca una ausencia prolongada del reino. La regencia cesa cuando desaparece la causa que la motivó. Puede ser individual o colectiva, siendo más frecuente la primera. Normalmente son llamados a la regencia personas vinculadas al titular de la Corona por razón de parentesco: el padre o la madre y el príncipe heredero mayor de edad. Cuando las previsiones ordinarias se agotan, se acude a la determinación de la regencia por un órgano constitucional, generalmente el parlamento. La Constitución Española la regula en el art. 59, distinguiendo los supuestos de minoría de edad (en que ejerce la regencia el padre o la madre del rey o el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona) e inhabilitación reconocida por las Cortes Generales (ejerce la regencia el príncipe heredero de la Corona, si fuera mayor de edad). Si no hubiera ninguna persona a quien corresponda la regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales y se compondrá de una, tres o cinco personas españolas y mayores de edad. La regencia se ejerce siempre en nombre del rey. [M.C.G.]

Regencia: Antecedentes Histórico-Legislativos

Está disponible toda la legislación promulgada en España, en su texto original, en la recopilación legislativa histórica de la plataforma sobre leyes españolas.

Constitución, Gobierno, Derechos y Patrimonio Real en la Legislación Histórica de España

Para una aproximación histórica, y en relación con Corona en la legislación histórica, véase también las entradas publicadas sobre Constitución, Gobierno, Derechos y Patrimonio Real en esta enciclopedia jurídica española.

Contexto histórico de Regencia

Véase información, asimismo, sobre la evolución de la legislación y las iniciativas regulatorias que han afectado a Regencia a lo largo de la historia española.Regencia

Recursos

Bibliografía

  • Regencia en el Diccionario de Legislación Histórica, de Salvador Trinxet Llorca
  • Ley hipotecaria, comentada y explicada, concordada con las leyes y códigos extranjeros, comparada con las disposiciones de la legislación española, que han servido de precedente para redactarla… precedida de una introducción histórica y de la exposición de sus motivos y fundamentos; y seguida del reglamento para su ejecución, etc. (y de un Diccionario completo de la nueva legislación, etc.) (1861), de Jose_ María Pantoja y Antonio M. Lloret
  • Regencia en el Manual de Historia del Derecho Español, de Francisco Tomás y Valiente (Editorial Tecnos; 2012)
  • Ensayo histórico crítico sobre la legislación de Navarra, de Jose María de Zuaznavar

Véase También

  • Gobernación
  • Corona
  • Constitución
  • Gobierno
  • Derechos Monárquicos
  • Patrimonio Real

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