Requisitos Formales de la Propuesta de Convenio

Requisitos Formales de la Propuesta de Convenio en España en España

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Requisitos Formales de la Propuesta de Convenio en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de requisitos formales de la propuesta de convenio lo siguiente: Toda propuesta de convenio, que podrá contener distintas alternativas, se formulará por escrito y firmada por el deudor o, en su caso, por todos los acreedores proponentes, o por sus respectivos representantes con poder suficiente. De las propuestas presentadas se dará traslado a las partes personadas. Cuando la propuesta contuviera compromisos de pago a cargo de terceros para prestar garantías o financiación, realizar pagos o asumir cualquier otra obligación, deberá ir firmada, además, por los compromitentes o sus representantes con poder suficiente. Las firmas de la propuesta y, en su caso, la justificación de su carácter representativo deberán estar legitimadas. Art. 99 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Recursos

Véase También

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