Salario

Salario en España en España en España

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Salario

Para más información sobre Salario puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Salario

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Salario es el siguiente:

Etimológicamente, esta palabra viene de solarium, de sal; mientras que la palabra sueldo hasta cierto punto equivalente. procede de la dicción soldada, que era la paga que recibía por su actividad el hombre consagrado al servicio de las armas. El Salario es la compensación que recibe el obrero o empleado a cambio de ceder al patrono todos sus derechos sobre el trabajo realizado. Comprende la totalidad de los beneficios que el trabajador obtiene por sus servicies u obras, no sólo la parte que recibe en metálico o especies, como retribución in mediata y directa de su labor, sino también las indemnizaciones por espera por impedimento o interrupción del trabajo, cotizaciones del patrono por los seguros y bienestar, beneficios a los herederos y conceptos semejantes. | BÁSICO. Retribución laboral que, como cantidad mínima, se rija en Los convenios colectivos de condiciones de trabajo. | CON PRIMAS. En este sistema de retribución del trabajador, se establece un Salario mínimo o básico y después una cantidad suplementaria, proporcional al rendimiento, al tiempo invertido en el trabajo o al resultado de la labor. | DIRECTO. Lo que el patrono entrega al trabajador en virtud de lo pactado en el contrato. Contrariamente, el Salario indirecto consiste, para el trabajador, en participar de las ventajas que representan ciertas instituciones creadas para él (casas baratas, economatos, bonificaciones de las primas de seguro) o en recibir auxilios concedidos por los patronos (servicio médico y farmacéutico) o por la ley (indemnizaciones por accidentes del trabajo), en ocasión del trabajo y como remuneración aneja a los riesgos y beneficios derivados del mismo. | EFECTIVO. El que el trabajador recibe «en efectivo», en dinero. | Además. y con mayor corrección de lenguaje, el que percibe efectivamente: o sea, sin los descuentos forzosos y regulares; por jubilación, seguros sociales, montepíos, mutualidades, impuesto si acaso, cuota sindical y demás deducciones constantes, que suelen efectuar los mismos empresarios, por autorizarles a tales liquidaciones la ley o las convenciones laborales. (V. SALARIO NOMINAL.) | EN DINERO. El que se abona íntegramente en numerario de curso legal. Se opone al Salario en especie, integrado con valores que no son moneda y al Salario mixto, el compuesto por dinero y cosas o derechos de contenido económico. | EN ESPECIE. El que se paga en valores que no son moneda. (V. SALARIO EN DINERO.) | FAMILIAR. Suplemento que el trabajador percibe por estar casado, por ser padre de familia o tener otras personas a su cargo. La escuela social católica, luego de la encíclica Renun Novanun, ha reclamado con ahínco el Salario familiar. | INDIRECTO. Conjunto de beneficios y ventajas que el trabajador obtiene además del pago principal en dinero o en especie por su trabajo. (V. SALARIO DIRECTO.) | INDIVIDUAL. El pago o retribución que al trabajador se hace con independencia de su familia o personas a su cargo. Es el normal, aunque las clases trabajadoras luchen por conseguir, de una u otra forma en cuanto a su organización económica, el Salario familiar (ver la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta Enciclopedia). | ÍNFIMO. El que no alcanza para cubrir las necesidades del trabajador. | El que no condice con la labor desempeñada. | Aquel que se encuentra muy debajo de la retribución general. | LEGAL. El determinado por ley, y a sea por cuantía mínima, y a sea como retribución para cierta labor y tiempo. | Conjunto de remuneraciones y beneficios que obtiene el trabajador en la prestación de los servicios por cuenta ajena; o sea, el concepto legal del Salario. | MÁXIMO, Retribución del trabajador que, por convenio, ley o reglamento, no cabe rebasar. (V. SALARIO MÍNIMO.) | MÍNIMO. De acuerdo con el art. 76 de la Consolidación de las Leyes del Trabajo del Brasil, se entiende por Salario mínimo: «la contraprestación mínima debida y pagada directamente por el patrono a todo trabajador, inclusive a los trabajadores rurales, sin distinción de sexo, por día normal de servicio y capaz de satisfacer, en determinada época y región del país, sus necesidades normales de alimentación, habitación, vestuario, higiene y transporte». De conformidad con el art. 81 del mencionado texto legal, el Salario mínimo «será determinado por la fórmula Sm=.a+ b+ c+ d+ e; en que a, b, c, d, e representan, respectivamente, el valor de los gastos diarios como alimentación, habitación, vestuario, higiene y transporte necesarios a la vida de un trabajador adulto» | MIXTO. El percibido parte en dinero y parte en especie o derechos por el trabajador; como en el servicio doméstico, donde es lo más frecuente que se reciba alimento y habitación, y en los porteros, donde la casa gratis es obligada. (V. SALARIO EN DINERO.) | MÓVIL. El que por ley o pacto está sujeto a alteraciones paralelas al nivel de vida y régimen de producción de la empresa. Sude traducirse en cambios de acuerdo con el tanto por ciento en que se estiman modificados el mercado o los artículos de primera necesidad desde la entrada en vigor de los Salarios primeros. | NOMINAL. El convenido entre el trabajador y el empresario, sin los restantes beneficios que obtiene por su trabajo el obrero o empicado, y sin los descuentos que su retribución experimenta con regularidad y al efectuarse el pago de los haberes. Se contrapone al Salario efectivo y al Salario real (ver la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta Enciclopedia). | POR PIEZA. De acuerdo con este sistema de trabajo, el obrero vende al patrono una cantidad especificada de trabajo, prescindiendo del tiempo que invierte en ejecutarlo. | POR TAREA. Modalidad de retribuir al obrero cuando éste vende al patrono el trabajo que ejecute en un período dado, con la expresa condición de que la obra no ha de bajar de un mínimo determinado, según el concepto de Schloss. | POR TIEMPO. El percibido por el obrero que cede o arrienda a su patrono sus energías laborales o conocimientos durante un período determinado, con independencia de la cantidad de trabajo que ejecuta. | REAL. La totalidad de los beneficios que él obtiene por la prestación de su s servicios profesionales, incluidos los seguros sociales que le correspondan. | En otro sentido, la capacidad adquisitiva del Salario. (V. SALARIO NOMINAL.) l VITAL. En sentido estricto, lo mismo que Salario mínimo (ver la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta Enciclopedia).

Salario

Salario en el Derecho Laboral español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Salario es descrito de la siguiente forma: 1. El artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores define el salario como la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo.

Por indicación expresa del antes citado precepto, las percepciones económicas por el trabajo realizado pueden ser en dinero (moneda de curso legal o mediante talón u otra modalidad de pago a través de entidades de crédito), o en especie (es decir, en un bien distinto del dinero), si bien las segundas no pueden superar el 30 por 100 de las percepciones salariales del trabajador, a excepción de algún supuesto como el de la relación laboral de carácter especial del servicio del ho
gar familiar, en el que dicho porcentaje puede alcanzar hasta el 45 por 100 del salario total. Además, según el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a la protección del salario, las retribuciones en especie han de ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia, y debe atribuírseles un valor que sea justo y equitativo.

Más sobre Salario en el Diccionario Jurídico Espasa

El salario, por tanto, comprende todas las percepciones que el trabajador recibe como contraprestación de su actividad laboral por cuenta ajena, incluyéndose en dicha contraprestación tanto el trabajo efectivo como aquellos periodos de descanso computables, según el ordenamiento laboral, como de trabajo (descanso semanal, festivos oficiales, vacaciones anuales, permisos retribuidos, e interrupciones de la actividad ajenas a la voluntad del trabajador que deban ser retribuidas conforme a precepto legal o pactado).

2. Las cantidades que el empresario abona al trabajador con ocasión del trabajo pero que no retribuyen directamente los servicios laborales de éste, no tienen la consideración de salario. Son las denominadas percepciones extrasalariales, compuestas, según el artículo 26.2 del Estatuto de los Trabajadores, por las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral, las prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social, y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.

En todo caso, la naturaleza extrasalarial de lo percibido por el trabajador dependerá de que efectivamente responda a los conceptos antedichos, y no de que las partes le hayan dado la denominación de partida extrasalarial (Sentencia del Tribunal Supremo 25 de mayo de 1992, Ar. 3.598).

Otros Detalles

El Tribunal Supremo se ha pronunciado reiteradamente negando también la consideración de salario a aquellas cantidades —como las propinas— que no constituyen una contraprestación debida por la empresa en atención al trabajo, sino un ingreso que se produce por mera liberalidad de un tercero (por todas, Sentencia del Tribunal Supremo 23 de mayo de 1991, Ar. 3.921).

3. En la realidad, la retribución salarial del trabajador se compone de diferentes conceptos, muy variados en su determinación y también en sus procedimientos de cálculo y liquidación. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 26.3, establece que, en la ordenación de la composición del salario —o estructura salarial—, se estará a lo que se disponga mediante la negociación colectiva o, en su defecto, a lo que se pacte en el contrato de trabajo, pero impone tanto a los sujetos de la negociación colectiva como a los del contrato individual, unas mínimas pautas de ordenación, determinando que la estructura del salario deberá comprender el salario base, como retribución fijada por unidad de tiempo o de obra y, en su caso, complementos salariales fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y resultados de la empresa, que se calcularán conforme a los criterios que a tal efecto se pacten.

Desarrollo

El Gobierno, por norma estatal, interviene también en esta materia, partiendo del mandato del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, a cuyo tenor debe fijar anualmente un salario mínimo interprofesional (sin referencia a grupos ni categorías profesionales), previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas. El salario mínimo interprofesional, en su cuantía, es inembargable, y en toda relación laboral por cuenta ajena ha de ser obligatoriamente respetado como mínimo absoluto de cualquier forma de retribución.

4. De acuerdo con la definición legal, es salario base la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra. En el primer caso se trata de una cantidad fija que corresponde al trabajador por el desempeño de su prestación en determinados módulos temporales: la hora, el día, la semana, el mes o el año trabajados, y siempre en función de la categoría o grupo profesional a los cuales se halle adscrito, al ser distinta la cuantía del salario base según la función que el trabajador desempeñe. La retribución por unidad de tiempo viene referida en todo caso a la jornada ordinaria.

Más sobre esta cuestión

En el caso del salario base fijado por unidad de obra se retribuye el rendimiento o el resultado obtenido por el trabajador en la prestación de su trabajo. Este sistema de remuneración en la práctica presenta una gran variedad de tipos, que abarcan desde el destajo puro hasta elaboradas fórmulas de cálculo para medir los resultados del trabajo, así como la calidad del mismo. El salario a comisión, propio de los trabajadores que intermedian en operaciones comerciales por cuenta de su empresario (viajantes, vendedores, etc.), es una de las variantes del sistema de remuneración por resultados, si bien a diferencia del resto cuenta con una regulación general, aunque sucinta.

La combinación de los dos sistemas de fijación del salario base que han quedado citados, por unidad de tiempo y por obra, genera los salarios mixtos. En estos casos el trabajador percibe el salario correspondiente a la unidad de tiempo, añadiéndosele otra parte variable calculada sobre el rendimiento obtenido.

Lo decisivo para identificar qué retribuciones, en dinero o en especie, forman parte del salario base, o retribución básica, es que hayan de abonarse sin tomar en consideración circunstancia adicional alguna a la del desempeño de la actividad en número de horas o de unidades de obra. Cuando las partes atiendan a circunstancias distintas de las tenidas en cuenta para la fijación del salario base, estaremos en presencia de los denominados complementos salariales.

Más

5. Con carácter prácticamente general, la norma a la que debe acudirse para conocer qué salario corresponde a una concreta relación laboral es el convenio colectivo, puesto que la mayoría de ellos incorpora la determinación bien del salario base por unidad de tiempo, bien las reglas de cálculo y devengo del sistema de salario por obra, y, en muchas ocasiones, una combinación de ambos sistemas. También los complementos salariales suelen venir fijados en el convenio colectivo correspondiente.

El salario fijado en convenio colectivo es el debido por el empresario al trabajador, salvo que por contrato individual ambas partes hayan pactado una cuantía superior, dado que la retribución fijada en convenio colectivo funciona como mínimo indisponible respecto de la que pueda pactarse en el contrato individual, a la vez que el salario mínimo interprofesional opera como nivel mínimo absoluto respecto de los dos anteriores.

Salario en Derecho Civil

Salario podría definirse de la siguiente forma: Remuneración, provecho o ventaja que corresponde al trabajador por la prestación de su servicio.

Véase También

  • Menores
  • Jornada laboral
  • Duración
  • Compensación
  • Sindicatos
  • Indemnizaciones
  • Gobierno
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Autoridad laboral
  • Descanso
  • Representantes de los trabajadores
  • Competencias
  • Mujer
  • Traslados
  • Responsabilidad
  • Maternidad
  • Enfermedad del trabajador
  • Véase También

    • Formación profesional
    • Sindicatos
    • Discriminación
    • Seguridad e higiene en el trabajo
    • Mujer
    • Nulidad
    • Oficio
    • Edad
    • Igualdad de trato
    • Derechos fundamentales
    • Promoción
    • Negociación colectiva
    • Dignidad del trabajador
    • Ideas políticas
    • Ideas religiosas
    • Remuneración
    • Condición social
    • Conflictos colectivos
    • Deberes del empresario
    • Derechos del trabajador
    • Elección de profesión u oficio
    • Esta
      do civil

    Véase También

    • Empresario
    • Seguridad Social
    • Competencia de jurisdicción
    • Extinción del contrato
    • Responsabilidad
    • Despido

    Véase También

    • Trabajo
    • Trabajadores
    • Seguridad Social
    • Centro de trabajo
    • Responsabilidad
    • Inspección de trabajo
    • Domicilio
    • Infracciones del empresario
    • Examen de libros contables
    • Recibos
    • Calendario
    • Infracciones del trabajador

    Véase También

    • Empresario
    • Trabajadores
    • Empleo
    • Representación legal
    • Seguridad Social
    • Plazos
    • Extinción del contrato
    • Indemnizaciones
    • Presunciones
    • Estatuto de los Trabajadores
    • AntigUedad en la empresa
    • Despido
    • Readmisión del trabajador
    • Cargos sindicales
    • Colocación
    • Conciliación
    • Garantías de los representantes
    • Despido improcedente

    Véase También

    • Empresario
    • Trabajo
    • Discriminación
    • Sexo
    • Mujer
    • Remuneración
    • Igualdad de trato
    • Derechos fundamentales
    • Complementos salariales

    Véase También

    • Empresa
    • Trabajadores
    • Empresario
    • Convenios colectivos
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Condiciones de trabajo
    • Suspensión
    • Período de consultas
    • Preaviso
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones sindicales
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones empresariales
    • Ambito de aplicación
    • Denuncia
    • Libertad de contratación
    • Jerarquía normativa
    • Procedimiento arbitral
    • Consultas
    • Movilidad geográfica
    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
    • Laudo arbitral
    • Comisión paritaria

    Véase También

    • Trabajo
    • Trabajadores
    • Empresario
    • Convenios colectivos
    • Jornada laboral
    • Duración
    • Representantes de los trabajadores
    • Contratos de trabajo temporales
    • Condiciones de trabajo
    • Responsabilidad
    • Negociación colectiva
    • Contrato de trabajo de duración determinada
    • Fraude
    • Permisos
    • Cargos sindicales
    • Infracciones del empresario
    • Horas extraordinarias
    • Recibos
    • Locales
    • Crédito de horas de los representantes
    • Infracciones del trabajador

    Véase También

    • Incumplimiento grave y culpable del empresario
    • Despido improcedente
    • Empresario
    • Trabajo
    • Formación profesional
    • Indemnizaciones
    • Competencia de jurisdicción
    • Extinción del contrato
    • Condiciones de trabajo
    • Despido
    • Dignidad del trabajador
    • Resolución de la relación laboral
    • Retraso en el pago del salario
    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
    • Fuerza mayor

    Véase También

    • Interrupciones del trabajo
    • Imposibilidad de la prestación
    • Empresario
    • Trabajo

    Véase También

    • Empresa
    • Vacaciones anuales
    • Empresario
    • Convenios colectivos
    • Duración
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Pactos
    • Compensación
    • Responsabilidad
    • Calendario

    Véase También

    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Convenios colectivos
    • Sección sindical
    • Empresario
    • Representación legal
    • Seguridad Social
    • Discriminación
    • Indemnizaciones
    • Nulidad
    • Extinción del contrato
    • Despido
    • Derechos fundamentales
    • Readmisión del trabajador
    • Cargos sindicales
    • Ideas políticas
    • Ideas religiosas
    • Constitución española
    • Despido improcedente
    • Carta de despido
    • Comunicación escrita
    • Despido disciplinario

    Véase También

    • Instituto de mediación, arbitraje y conciliación
    • Trabajo
    • Contrato de trabajo
    • Caducidad
    • Convenios colectivos
    • Duración
    • Plazos
    • Contratos de trabajo temporales
    • Condiciones de trabajo
    • Despido
    • Período de consultas
    • Prescripción
    • Conciliación
    • Movilidad geográfica
    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
    • Caducidad

    Véase También

    • Sanciones
    • Trabajadores
    • Empresa
    • Multas
    • Convenios colectivos
    • Duración
    • Disposiciones legales
    • Competencia de jurisdicción
    • Responsabilidad
    • Faltas del trabajador
    • Vacaciones anuales
    • Disciplina
    • Comunicación escrita

    Véase También

    • Trabajo
    • Reconversión industrial
    • Trabajadores
    • Planes de reestructuración
    • Empresa
    • Modificaciones técnicas
    • Puesto de trabajo
    • Jornada laboral
    • Duración
    • Representación legal
    • Formación profesional
    • Representantes de los trabajadores
    • Centro de trabajo
    • Extinción del contrato
    • Maternidad
    • Suspensión
    • Permanencia en la empresa
    • Enfermedad del trabajador
    • Faltas del trabajador
    • Plantilla
    • Período de prueba
    • Permisos

    Véase También

    • Convenios colectivos
    • Empresa
    • Menores
    • Trabajo
    • Empresario
    • Trabajadores
    • Jornada laboral
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Sindicatos
    • Sexo
    • Representantes de los trabajadores
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Autoridad laboral
    • Centro de trabajo
    • Traslados
    • Condiciones de trabajo
    • Responsabilidad
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones sindicales
    • Edad
    • Promoción
    • Organizaciones sindicales
    • Dignidad del trabajador
    • Ideas políticas

    Véase También

    • Coyuntura económica
    • Embargo del salario
    • Renta nacional
    • Inembargabilidad del salario
    • Índice de precios de consumo
    • Trabajo
    • Consumo
    • Gobierno
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones sindicales
    • Organizaciones sindicales
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones empresariales
    • Productividad

    Véase También

    • Dimisión
    • Jubilación del empresario
    • Convenios colectivos
    • Contrato de trabajo
    • Trabajo
    • Empresario
    • Denuncia
    • Duración
    • Representación legal
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Seguridad Social
    • Pactos
    • Extinción del contrato
    • Presunciones
    • Despido
    • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
    • Causas de despido
    • Preaviso
    • Prórroga
    • Denuncia
    • Contrato de trabajo de duración determinada
    • Costumbre laboral

    Véase También

    • Reclutamiento de trabajadores
    • Tráfico de mano de obra
    • Empresa
    • Trabajo
    • Trabajadores
    • Empresario
    • Cesión
    • Puesto de trabajo
    • Seguridad Social
    • Seguridad e higiene en el trabajo
    • Competencia de jurisdicción
    • Contratos de trabajo temporales
    • Presunciones
    • Condiciones de trabajo
    • Responsabilidad
    • Estatuto de los Trabajadores
    • AntigUedad en la empresa
    • Empresa de trabajo temporal
    • Derechos del trabajador
    • Deberes del trabajador

    Véase También

    • Contratas
    • Su
      bcontratas
    • Empresa
    • Trabajo
    • Trabajadores
    • Empresario
    • Oficio
    • Puesto de trabajo
    • Seguridad Social
    • Plazos
    • Responsabilidad
    • Categoría profesional
    • Prescripción
    • Vigencia
    • Prórroga
    • Entidades gestoras de la Seguridad Social

    Véase También

    • Navidad
    • Pagas extraordinarias
    • Convenios colectivos
    • Trabajadores
    • Prorrateo
    • Empresario
    • Gratificaciones extraordinarias
    • Representación legal
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Pluses

    Véase También

    • Empresa
    • Coacción
    • Regulación de empleo
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Cese de actividad
    • Empresario
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Amortización de puestos de trabajo
    • Empleo
    • Duración
    • Representación legal
    • Seguridad Social
    • Sindicatos
    • Indemnizaciones
    • Fondo de garantía salarial
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Autoridad laboral
    • Competencias
    • Delegación de trabajo
    • Nulidad
    • Competencia de jurisdicción
    • Extinción del contrato
    • Plazos

    Véase También

    • Menores
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Contrato de trabajo
    • Empresa
    • Calendario
    • Convenios colectivos
    • Descanso
    • Puesto de trabajo
    • Jornada laboral
    • Duración
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Seguridad Social
    • Pactos
    • Sindicatos
    • Gobierno
    • Representantes de los trabajadores
    • Descanso
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Autoridad laboral
    • Centro de trabajo
    • Delegación de trabajo
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Asociaciones sindicales

    Véase También

    • Empresa
    • Titularidad
    • Transmisión de empresa
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Sucesión de empresa
    • Empresario
    • Cambio de titularidad de la empresa
    • Representación legal
    • Seguridad Social
    • Centro de trabajo
    • Responsabilidad
    • Comunicación
    • Notificación
    • Prescripción
    • Subrogación
    • Cesión
    • Transmisión de empresa

    Véase También

    • Convenios colectivos
    • Paz laboral
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Empresa
    • Deber de paz
    • Empresario
    • Comisión paritaria
    • Representantes de los trabajadores
    • Condiciones de trabajo
    • Vigencia
    • Ambito de aplicación
    • Derechos reconocidos
    • Renuncia de derechos
    • Huelga
    • Productividad
    • Cláusulas nulas

    Véase También

    • Comunicación escrita
    • Despido disciplinario
    • Trabajo
    • Subsanación
    • Readmisión del trabajador
    • Trabajadores
    • Libertades públicas
    • Empresario
    • Carta de despido
    • Empleo
    • Representación legal
    • Retribución
    • Compensación
    • Discriminación
    • Indemnizaciones
    • Nulidad
    • Competencia de jurisdicción
    • Extinción del contrato
    • Responsabilidad
    • Estatuto de los Trabajadores
    • AntigUedad en la empresa
    • Despido
    • Minusválidos

    Véase También

    • Domingos
    • Horario nocturno
    • Empresa
    • Trabajo a turnos
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Procesos productivos continuos
    • Empresario
    • Días festivos
    • Puesto de trabajo
    • Jornada laboral
    • Retribución
    • Gobierno
    • Descanso
    • Seguridad e higiene en el trabajo
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Autoridad laboral
    • Delegación de trabajo
    • Categoría profesional
    • Negociación colectiva
    • Horas extraordinarias
    • Contrato de trabajo a tiempo parcial
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Adaptación al puesto de trabajo

    Véase También

    • Inadaptación al puesto de trabajo
    • Trabajo
    • Movilidad funcional
    • Trabajadores
    • Ineptitud del trabajador
    • Contrato de trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Causas objetivas de extinción del contrato de trabajo
    • Representación legal
    • Retribución
    • Formación profesional
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Representantes de los trabajadores
    • Condiciones de trabajo
    • Comunicación
    • Categoría profesional
    • Grupo profesional
    • Despido
    • Delegados de personal
    • Comité de empresa

    Véase También

    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
    • Trabajo
    • Sistema de organización del trabajo
    • Trabajadores
    • Rendimiento
    • Contrato de trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Horario
    • Jornada laboral
    • Duración
    • Representación legal
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Pactos
    • Sindicatos
    • Indemnizaciones
    • Competencias
    • Nulidad
    • Competencia de jurisdicción
    • Traslados
    • Extinción del contrato

    Véase También

    • Prescripción
    • Insolvencia del empresario
    • Créditos singularmente privilegiados
    • Garantías salariales
    • Créditos por salarios
    • Prelación de créditos salariales
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Empresario
    • Concurso de acreedores
    • Indemnizaciones
    • Concurso de acreedores
    • Plazos
    • Despido

    Véase También

    • Clasificación profesional
    • Oficina pública de empleo
    • Clase de trabajo
    • Control de producción
    • Categoría profesional
    • Vigilancia
    • Trabajadores
    • Contrato de trabajo
    • Empresario
    • Representantes de los trabajadores
    • Empleo
    • Seguridad e higiene en el trabajo
    • Contrato de trabajo a domicilio
    • Modalidades del contrato de trabajo

    Véase También

    • Capacidad
    • Tutores
    • Extranjeros
    • Padres
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Autorización para contratar
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Contrato de trabajo
    • Menores
    • Representación legal
    • Extranjero

    Véase También

    • Cuenta de resultados de la empresa
    • Memoria de la empresa
    • Obras sociales
    • Balance y cuenta de resultados
    • Reestructuración de plantilla
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Publicidad
    • Puesto de trabajo
    • Empleo
    • Jornada laboral
    • Formación profesional
    • Seguridad Social
    • Pactos
    • Representantes de los trabajadores
    • Seguridad e higiene en el trabajo
    • Plazos
    • Delegados de personal
    • Enfermedad del trabajador

    Véase También

    • Entidades gestoras de la Seguridad Social
    • Expediente de regulación de empleo
    • Ley de Procedimiento Laboral
    • Conciliación
    • Quiebra
    • Subrogación
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Empresa
    • Empresario
    • Procedimiento arbitral
    • Seguridad Social
    • Indemnizaciones
    • Fondo de garantía salarial
    • Concurso de acreedores
    • Gobierno
    • Competencia de jurisdicción
    • Suspensión
    • Despido
    • Enfermedad del trabajador
    • Oficio
    • Prescripción

    Véase También

    • Despido
    • Causas de despido
    • Contrato de relevo
    • Extinción del contrato
    • Jubilación del trabaja
      dor
    • Pensiones
    • Prestaciones por desempleo
    • Trabajadores
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Fijos discontinuos
    • Jornada laboral
    • Duración
    • Retribución
    • Seguridad Social
    • Fondo de garantía salarial
    • Competencia de jurisdicción
    • Maternidad
    • Desempleados
    • Enfermedad del trabajador
    • Edad
    • Horas extraordinarias

    Véase También

    • Trabajo
    • Fuerza mayor
    • Mutuo acuerdo
    • Prestación social sustitutoria
    • Privación de libertad
    • Servicio militar
    • Sueldo
    • Trabajadores
    • Disciplina
    • Empresa
    • Menores
    • Cierre legal de la empresa
    • Empleo
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Pactos
    • Maternidad
    • Suspensión
    • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
    • Cargos públicos
    • Huelga
    • Incapacidad temporal
    • Excedencia

    Véase También

    • Trabajadores
    • Cargas de Seguridad Social
    • Complementos salariales
    • Dietas
    • Estructura del salario
    • Impuestos
    • Pluses
    • Suplidos
    • Cargas fiscales
    • Trabajo
    • Empresa
    • Traslados
    • Puesto de trabajo
    • Retribución
    • Seguridad Social
    • Pactos
    • Compensación
    • Indemnizaciones
    • Nulidad
    • Suspensión
    • Despido
    • Negociación colectiva

    Véase También

    • Estatuto de los Trabajadores
    • Adaptación al puesto de trabajo
    • Prestación laboral
    • Funciones
    • Nivel retributivo
    • Polivalencia funcional
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Aptitudes profesionales
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Contrato de trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Grupo profesional
    • Retribución
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Pactos
    • Discriminación
    • Sexo
    • Clasificación profesional
    • Categoría profesional
    • Grupo profesional
    • Titulación

    Véase También

    • Período de consultas
    • Trabajadores
    • Consultas
    • Garantías de los representantes
    • Movilidad geográfica
    • Representantes sindicales
    • Vacante
    • Cambio de residencia
    • Trabajo
    • Contrato de trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
    • Puesto de trabajo
    • Duración
    • Representación legal
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos
    • Compensación
    • Sindicatos
    • Indemnizaciones
    • Representantes de los trabajadores

    Véase También

    • Estatuto de los Trabajadores
    • AntigUedad en la empresa
    • Desempleados
    • Dimensiones de la empresa
    • Permanencia en la empresa
    • Enfermedad del trabajador
    • Plantilla
    • Titulación
    • Período de prueba
    • Vigencia
    • Contratos de trabajo formativos
    • Enfermedad profesional
    • Escolaridad obligatoria
    • Estudiantes
    • Formación del aprendiz
    • Práctica profesional
    • Trabajadores
    • Empresa
    • Menores
    • Convenios colectivos
    • Fondo de garantía salarial
    • Puesto de trabajo
    • Jornada laboral

    Véase También

    • Bancos
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Anticipos
    • Cajas de ahorro
    • Comisión
    • Entidades de crédito
    • Demora en el pago del salario
    • Examen de libros contables
    • Interés por mora
    • Libros contables
    • Liquidación
    • Moneda
    • Mora
    • Pago del salario
    • Recibos
    • Retraso en el pago del salario
    • Talón bancario
    • Trabajadores
    • Trabajo
    • Empresa
    • Convenios colectivos
    • Empresario
    • Comité de empresa

    Salario

    Concepto de Salario en Derecho del Trabajo

    Significado de salario en relación al empleo en España: Es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Ya sea en efectivo o cualquiera que sea la forma de remuneración, los períodos de descanso son computables como de trabajo, por ejemplo, las vacaciones. En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador. [[empleo]] [[derecho-laboral]]

    Recursos

    Notas y Referencias

    1. Definición de salario basado en el Diccionario de Empleo elaborado desde el Observatorio de Empleo Joven e Injuve

    Recursos

    Véase También

    • Relación de Trabajo
    • Estructura de salario
    • Fondo de garantía salarial
    • Incentivos salariales
    • Primas
    • Salario por tarea

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