Sustitución de Recursos en España en España
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Recursos Administrativos: Posibilidad de Sustitución de los Recursos de Alzada y Reposición
Recursos Administrativos: Posibilidad de Sustitución de los Recursos de Alzada y Reposición en el Derecho Administrativo español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Recursos Administrativos: Posibilidad de Sustitución de los Recursos de Alzada y Reposición es descrito de la siguiente forma: Las leyes podrán sustituir los recursos de alzada y de reposición, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, por otros procedimientos de impugnación, conciliación, mediación o arbitraje; no obstante, habrán de respetarse siempre, en estos procedimientos sustitutivos, los principios, garantías y plazos reconocidos por la Ley a los ciudadanos e interesados en todo procedimiento administrativo. [por Ramón Aguilar Ros, Profesor de Derecho Administrativo]
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