Tacha en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tacha. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tacha. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tacha. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tacha. [aioseo_breadcrumbs] [rtbs name=»derecho-home»]Motivo jurídica para desestimar la declaración de un testigo, por presunta parcialidad, y por concurrencia de causas concretas. Puede interesar la información sobre Tacha de Testigos y de Peritos.
Tacha
Para más información sobre Tacha puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Tacha
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre tacha es el siguiente:
Falta, defecto. | Nota desfavorable. | Motivo legal para rechazar la declaración de un testigo, por la presunta parcialidad, favorable u hostil, que originan las relaciones o circunstancias entre el declarante y una de las partes.
Tacha
Alegación que se opone por algún litigante con el objeto de desvirtuar la fuerza probatoria de la declaración de un testigo por concurrir en él alguna circunstancia que puede hacerle sospechoso de parcialidad, tales como el parentesco o dependencia respecto a la parte que lo ha presentado o su abogado o procurador; interés directo o indirecto en la causa; amistad o enemistad con alguna de las partes o su abogado o procurador o haber sido condenado por falso testimonio.
La declaración del testigo tachado será valida, si bien la concurrencia de alguna de las circunstancias mencionadas deberá ser tenida en cuenta por el juez en la valoración que haga de la misma.
Los peritos propuestos por las partes pueden ser también objeto de tacha cuando concurran las mismas causas previstas para los testigos o cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional. El Tribunal tendrá en cuenta la tacha y su eventual negación o contradicción en el momento de valorar la prueba.
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Tacha en el Derecho Procesal español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Tacha es descrito de la siguiente forma: Alegaciones que se hacen por algún litigante pretendiendo desvirtuar la fuerza probatorio de lo declarado por algún o algunos testigos o del dictamen emitido por algún perito por considerar que puede ser parcial en sus declaraciones. Con las tachas no se demuestra directamente la falta de veracidad del testigo o la incorrección del dictamen. De ahí que el juez al valorar la prueba deberá tener en cuenta la existencia de tachas, para apreciar lo que crea conveniente según las reglas de la sana crítica.
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Tacha en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Tacha en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Tacha en Tratado de Derecho Civil Español