Ventanilla Única Empresarial Online

Ventanilla Única Empresarial Online en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ventanilla Única Empresarial Online. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ventanilla Única Empresarial Online. [aioseo_breadcrumbs]

Ventanilla Única Empresarial Online y la Creación de Empresas

La web https://www.ventanillaempresarial.org/, que cuenta con el respaldo del Gobierno de España (la imagen de la bandera de España enlaza con el portal 060.es, «el punto de acceso a la Administración española para ciudadanos y empresas.»), se puede leer:

«El servicio Ventanilla Única Empresarial Online pretende universalizar la labor de asesoramiento para la creación de empresas y apoyo a emprendedores que presta la red de Ventanillas Únicas Empresariales (VUE) de las Cámaras de Comercio españolas. Para ello, ofrece un servicio de asesoramiento online abierto y gratuito, que aspira a mantener un alto nivel de calidad, eficacia y rapidez en la gestión de las consultas recibidas.»

Más adelante: «Al mismo tiempo, pretende ofrecer al emprendedor y al empresario desde un único portal, todos los recursos …., para facilitar la creación de empresas:

  • Asesoramiento online
  • Tramitación de la creación de empresas».

En otra página se indica: «El objetivo de www.ventanillaempresarial.org es ayudarte y asesorarte en la creación de tu empresa.» Y bajo «crea tu empresa», se lee «te ofrecemos un entorno guiado (desarrollado por la Dirección General de Industria y Pyme -Ministerio de Industria) que facilita la elección de la forma jurídica y que, adicionalmente, proporciona la información necesaria para la creación de la empresa».

EUGO

El portal EUGO, Ventanilla Única de la Directiva de Servicios, es un proyecto del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública del Gobierno de España, que responde a las obligaciones establecidas por la Directiva 123/2006/CE (Directiva de Servicios) y que se han incorporado al ordenamiento jurídico español en la Ley 17/2009 de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Está dirigido a los Prestadores de servicios (empresarios y emprendedores), de los Estados Miembros de la Unión Europea que quieran realizar su actividad empresarial en España. Si quieres obtener información sobre los trámites necesarios para prestar un servicio en España pincha aquí (www.eugo.es)

CIRCE

El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es una iniciativa de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, para acercar a los emprendedores información y recursos que les ayuden a poner en marcha sus proyectos. Dispone de un Sistema de Tramitación Telemática (STT) de expedientes electrónicos que, a través del Documento Único Electrónico (DUE), lleva a cabo el intercambio de la documentación necesaria para la creación de empresas. En su web se señala, como estadística, que las empresas constituidas (por procedimiento telemático) fue de casi 2.100 empresas en el año 2011 y más de 3.000 en el año 2012.

Los datos y documentación necesaria para crear empresas con la Red CIRCE se pueden o podían consultar en www.circe.es, que es la siguiente:

«DATOS Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA

La documentación necesaria para proceder a la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de su proyecto empresarial es la siguiente:

  • Fotocopia y original del DNI de todos los socios y trabajadores.
  • Fotocopia y original de la Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social.

Otros datos a tener en cuenta

  • Epígrafe AE (Actividades Económicas).
  • Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono).
  • Porcentajes de participación en el capital social y, en su caso, indicación de la condición de administradores. Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: base de cotización elegida y Mutua de AT-EP.
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).
  • Tarjeta bancaria para realizar el pago de la certificación del RMC y del RMP en el caso de elegir este tipo de sistema de pago

Casos particulares:

Justificante del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC (Registro Mercantil Central) de 14,54 € por la obtención de la denominación social, si se elige esta opción.

Nº de Cuenta RMC: 0049 5119 17 2317030510.- Banco Santander Central Hispano.
En el documento de pago debe constar:
Nombre, apellidos y DNI del Socio que aporta el Nombre a la Denominación Social.
Concepto: Denominación SLNE.
Beneficiario: Registro Mercantil Central.
Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
Socios extranjeros capitalistas (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que aportar el NIE por asuntos económicos.
Socios jurídicos: Deberán presentar la Escritura de la Sociedad, el Acta de Reunión en la que se llego al acuerdo de que formaría parte de la nueva Sociedad que se va a constituir y los datos del Representante del Socio Jurídico.
Socios casados: DNI o NIE del cónyuge y régimen del matrimonio
Para contratación de trabajadores: contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.»

El PAIT

Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas (Ley 30/2006 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio).

El PAIT tiene una doble misión:

  • Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales, así como durante los primeros años de actividad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Iniciar el trámite administrativo de constitución de la sociedad a través del Documento Único Electrónico (DUE).

Si quieres darte de alta en el régimen de autónomos, pincha aquí.

Si quieres constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, pincha aquí.

Si quieres constituir una Sociedad Limitada Nueva Empresa, pincha aquí.

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