Acumulación de Juicios Declarativos Pendientes

Acumulación de Juicios Declarativos Pendientes en España en España

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Acumulación de Juicios Declarativos Pendientes en la Petición o Solicitud al Juez del Concurso

Establece la Ley Concursal respecto de acumulación de juicios declarativos pendientes, en cuanto a la petición o solicitud al Juez del concurso, lo siguiente: Los juicios declarativos en que el deudor sea parte y que se encuentren en tramitación al momento de la declaración de concurso se continuarán hasta la firmeza de la sentencia. No obstante, se acumularán aquellos que, siendo competencia del juez del concurso según lo previsto en el artículo 8, se estén tramitando en primera instancia y respecto de los que el juez del concurso estime que su resolución tiene trascendencia sustancial para la formación del inventario o de la lista de acreedores. La acumulación podrá solicitarse por la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí), antes de emitir su informe, o por cualquier parte personada, antes de la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores. Art. 5l.l de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Acumulación de Juicios Declarativos Pendientes en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de acumulación de juicios declarativos pendientes lo siguiente: La administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) podrá solicitar al Juez del concurso, antes de emitir su informe, la acumulación de juicios declarativos pendientes en que el deudor sea parte, que sean competencia del Juez del concurso según el art. 8, que se estén tramitando en primera instancia y que tengan trascendencia sustancial para la formación del inventario o de la lista de acreedores. Art. 5l.l de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Recursos

Véase También

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