Concurso de Acreedores Extranjero

Concurso de Acreedores Extranjero en España en España

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Presentación en Concurso Extranjero, Principal o Territorial, de los Créditos de la Lista Española Definitiva en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de presentación en concurso extranjero, principal o territorial, de los créditos de la lista española definitiva lo siguiente: La administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) de un concurso declarado en España podrá presentar en un procedimiento extranjero de insolvencia, principal o territorial, los créditos reconocidos en la lista definitiva de acreedores, siempre que así lo permita la ley aplicable a ese procedimiento. Bajo las mismas condiciones estará facultada la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí), o la persona que ella designe, para participar en aquel procedimiento en nombre de los acreedores cuyos créditos hubiere presentado. Art. 228.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

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