Derecho Administrativo

Derecho Administrativo en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derecho Administrativo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] Es el conjunto de normas del derecho público interno que regulan la organización y la actividad de las administraciones públicas.

Se mantiene que este derecho es inicialmente consecuencia de la división de poderes instaurada a raíz de la revolución burguesa para eliminar los privilegios del monarca y de la nobleza, que encuentra un desarrollo en el estado de derecho, cada vez más intervencionista. El análisis histórico demuestra, sin embargo, la importancia alcanzada por la administración pública en muchos estados de régimen autoritario. Hay que remarcar que los fines perseguidos por la administración dependen, en realidad, de la ideología política de la clase gobernante.

El derecho administrativo vigente en España se inspira en el «régime administratif» francés, de carácter público, en contraposición al «rule of law» anglosajón, sometido al derecho privado.

La administración disfruta de los privilegios de ejecutividad y acción de oficio, por los que no necesita la sanción de los tribunales para llevar a cabo sus decisiones (expropiación forzosa, planes de urbanismo, etc); la impugnación de los actos administrativos no suspende su ejecución (hecho agravado por la lentitud de la justicia administrativa), y tiene facultades para obligar coactivamente a los ciudadanos (multas, embargos, encarcelamiento subsidiario, etc).

En el derecho catalán no existe el concepto de derecho administrativo propiamente dicho, sino el de derecho público; Cataluña ya había perdido sus atribuciones legislativas cuando en el siglo XIX nació el concepto de derecho administrativo. En el período 1931-39, el gobierno de la Generalidad de Cataluña creó importantes normas de derecho administrativo, principalmente para la estructuración de sus servicios y organismos administrativos. Algunas, como la Ley Municipal (1932-33), hay que considerarlas modélicas en la materia.

Derecho Civil y Derecho Administrativo

Ideas Básicas

Derecho administrativo: conjunto de normas de derecho público interno que regulan la organización y la actividad de las AAPP. Pocas parecen ser las relaciones: uno es derecho privado, el otro público, uno tiende a la ordenación y consecución de unos fines individuales y el otro disciplina la vida entre los entes públicos. Sin embargo, existen al menos las siguientes tendencias:

Suplencia del derecho civil: el derecho civil deviene a menudo servidor de finalidades administrativas en tanto lo que ofrece técnicas de aplicación o le resuelve la determinación de conceptos básicos. Por ejemplo, el derecho administrativo dirá qué es un contrato administrativo pero no lo que es un contrato.

Incidencia del derecho administrativo en el derecho civil: nacido el derecho administrativo de la Revolución Francesa se trata de un derecho eminentemente jurisprudencial y obra del Juez administrativo, esto es, del Consejo de Estado Francés, hoy en día y en virtud del determinado gigantismo de la Administración ha experimentado un enorme crecimiento influyendo sobre principios tradicionales del derecho privado incidencia que igualmente se detecta en otras materias como en Condiciones Generales de Contratación, seguros, juegos y apuestas…

Derecho Administrativo en otras Referencias Legales

Derecho Administrativo en la Enciclopedia Jurídica

Derecho Administrativo en el Diccionario Legal

Derecho Administrativo en la Normativa española

Recursos

Véase también

Otras entradas sobre la Normativa española

 

Derecho Administrativo (Contenido)

En esta plataforma jurídica, una parte del material disponible en relación a derecho administrativo es el que se irá incorporando en esta sección.

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