Estatuto de Autonomía Valenciano

Estatuto de Autonomía Valenciano en España en España

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La Constitución y el Estatuto de Autonomía Valenciano

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1 de julio de 1. 982, en su art. 31. 2, confiere a la Generalidad competencia exclusiva en materia de «conservación, modificación y desarrollo del Derecho civil valenciano».

El contenido de este artículo en un principio choca con el del art. 149. 1. 8 de la Constitución, referido a la exclusividad del Estado en determinadas materias, en el que se establece la posibilidad de » la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los Derechos civiles, forales o especiales allí donde existan».

Así pues se plantea el problema de la existencia de Derecho civil valenciano a pesar de la falta de una Compilación valenciana.

Si bien cierto que en la comunidad Valenciana no existía Compilación de Derecho civil, por otra parte también lo es el que se había conservado desde la Edad media, a pesar de la derogación de los Fueros, una serie de instituciones específicas del Derecho Valenciano originadas en la época foral: (costumbres en materia de Arrendamientos Rústicos).

En el ejercicio de la competencia que el Estatuto le atribuye, la Generalitat Valenciana, dictó la Ley 6/1. 985 de 15 de diciembre sobre Arrendamientos Históricos Valencianos.

Contra varios de los artículos de esta Ley se interpuso recurso de inconstitucionalidad que fue resuelto por la Sentencia de 28 Septiembre de 1992 que vino a decir:

  • Que la referencia del art. 149 de la Constitución Española no se refiere sólo a los derechos civiles que habían sido objeto de compilación a la entrada en vigor de la Constitución.
  • Que la Generalitat Valenciana tiene competencia para legislar sobre instituciones que hayan tenido una configuración consuetudinaria específica en su ámbito territorial.
  • Mediante el ejercicio de la competencia legislativa autonómica el anterior Derecho consuetudinario especial valenciano cambia pues de naturaleza, adquiriendo sus normas la condición de derecho legislado de aplicación preferente, en su propio ámbito respecto del Derecho civil común. (art. 149. 3 Constitución Española y arts. 13 a 16 C. c)

Queda en el aire la cuestión de si cabe la posibilidad de que las Cortes Valencias dicten leyes civiles «ex-novo», es decir en materias civiles que históricamente no fueron contempladas como Derecho valenciano, para ello, como dice el profesor Martínez Vázquez de Castro, habrá que estar a resultas de lo que suceda con el Derecho catalán que ha legislado en materia civil más allá de los límites de su Compilación.

Las últimas manifestaciones legislativas de la Generalitat Valenciana en el ámbito civil han sido La Ley 1/2001 sobre uniones de hecho y la Ley 8/2003, de 24 marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.

La conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Foral Valenciano es una de las competencias exclusivas que tiene reconocida la Generalitat Valenciana en el Artículo 39. 1. 2 del Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 5/1982, de julio, tras la modificación introducida a través de la L. O. 1/2006) al establecer en su actual art. 49 que: «1. La Generalitat tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

[.. ]

2. Conservación, desarrollo y modificación del Derecho Foral y Valenciano.

3. Normas procesales y de procedimiento administrativo derivadas de las particularidades del Derecho sustantivo valenciano o de las especialidades de la organización de la Generalitat».

El Derecho foral valenciano

Véase la entrada sobre el Derecho civil valenciano.

Derecho autonómico valenciano: proceso autonómico, fuentes e instituciones

Se aborda los aspectos histórico-jurídicos básicos del camino hacia la autonomía valenciana, hasta desembocar en el nuevo Estatuto de 2006. El presente texto analizará, además, los aspectos básicos que integran el Estatuto (simbología, competencias, relaciones de cooperación y reforma estatutaria), para posteriormente abordar el régimen jurídico de las diversas instituciones políticas valencianas. El esquema se cierra con una referencia a la organización intraterritorial y al sistema de financiación.

Gobierno multinivel en las Autonomías

Véase los principios, dinámica del sistema, dimensiones bilaterales y multilaterales, cooperación y coordinación en las Autonomías en general en esta plataforma.

La autonomía valenciana

Esto incluye lo siguiente:

  • Aproximación histórica y anteproyectos de Estatuto.
  • La vía valenciana a la autonomía: el largo camino hasta el Estatuto de 1982.
  • Modificaciones, propuestas de reforma y comisiones de estudio.
  • Tramitación del nuevo Estatuto. La Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril y sus reformas.

El Estatuto de Autonomía: aspectos básicos

Esto incluye lo siguiente:

  • Estatuto de Autonomía: naturaleza jurídica.
  • Elementos de la Comunitat: denominación, condición política de la ciudadanía valenciana, bandera, sede, y lengua propia.
  • El derecho foral valenciano.
  • Derechos.
  • Las competencias de la Comunitat Valenciana. Régimen jurídico y clasificación.
  • Relaciones con el Estado y otras Comunidades Autónomas.
  • Relaciones con la Unión Europea y acción exterior.
  • La reforma del Estatuto de Autonomía.

Les Corts Valencianes

Esto incluye lo siguiente:

  • Las Cortes Valencianas: su Historia.
  • Configuración estatutaria de Les Corts.
  • Composición y sistema electoral.
  • Sujetos parlamentarios.
  • Su Estructura orgánica. (Ver más abajo)
  • Funciones de Les Corts. (Ver más abajo)

El President de La Generalitat y el Consell

Esto incluye lo siguiente:

  • La Presidencia de La Generalitat.
  • El Consell de La Generalitat.

La Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana

Esto incluye lo siguiente:

  • El marco constitucional: la administración de justicia «en» la Comunitat Valenciana.
  • Las modalidades de atribución de competencias a la Generalitat en materia de Justicia.
  • Competencias de la Comunitat.

Otras instituciones

Esto incluye lo siguiente:

  • La Sindicatura de Greuges.
  • La Sindicatura de Comptes.
  • El Consell Valencià de Cultura.
  • La Academia Valenciana de la Llengua.
  • El Comité Econòmic i Social.
  • El Consell Jurídic Consultiu.

El sistema de financiación

Esto incluye lo siguiente:

  • La participación en los impuestos del Estado.
  • La facultad de establecer tributos propios.
  • El patrimonio de La Generalitat.
  • Las instituciones de crédito especializadas y otras necesarias para el desarrollo de la política económica.
  • El sector público valenciano.

La organización territorial intracomunitaria

Esto incluye lo siguiente:

  • La autonomía local: conceptualización.
  • La Provincia.
  • Areas Metropolitanas, Mancomunidades y Comarcas.
  • Municipios.

Estructura y Funciones de Les Corts Valencianes

Respecto a la Estructura orgánica de les Corts:

  • El Reglamento de les Corts.
  • La Presidencia de Les Corts.
  • La Mesa.
  • La Junta de Portavoces o «Junta de Síndics».
  • El Pleno.
  • Las Comisiones Parlamentarias.
  • La Diputación Permanente.
  • La dinámica de la actividad parlamentaria.
  • La administración de Les Corts y el régimen jurídico de su personal.

Respecto a las Funciones de Les Corts:

  • La función financiera y presupuestaria.
  • La función legislativa.
  • La función de impulso político.
  • La función de control político.
  • Otras funciones de Les Corts.

Estatuto de Autonomía Valenciano

Recursos

Notas y Referencias

Véase También

Bibliografía

ÁLVAREZ CONDE, ENRIQUE, GARCÍA-MONCÓ MARTÍNEZ, ALFONSO y TUR AUSINA, ROSARIO. «DERECHO AUTONÓMICO». Tecnos.

Espín Templado, Eduardo / Arnaldo Alcubilla, Enrique. «La Constitución de 1978 y las Comunidades Autónomas». Madrid Ministerio de la Presidencia, Secretaría General Técnica Centro de Estudios Políticos y Constitucionales 2003.
Garrido Mayol, Vicente / Mascarell Furió, David. «Código de leyes políticas de la Comunidad Valenciana». Valencia Tirant lo Blanch 2000.
Garrido Mayol, Vicente / Catalá i Bas, alexandre H / García i Mengual, Ferran. «Modelo de Estado y reforma de los Estatutos». Valencia Fundación Profesor Manuel Broseta D.L. 2007.
Muñoz Machado, Santiago. «Derecho público de las Comunidades Autónomas». Madrid Iustel 2007.
ÁLVAREZ CONDE, ENRIQUE, GARCÍA-MONCÓ MARTÍNEZ, ALFONSO y TUR AUSINA, ROSARIO. «Derecho Autonómico». Tecnos.
Canales Aliende, José Manuel y Menéndez Alzamora, Manuel (eds.). «El sistema político y administrativo valenciano». Tirant lo Blanch.
Enrique Álvarez Conde, Alfonso García-Moncó, Rosario Tur Ausina. «Derecho autonómico». TECNOS.
Francisco Balaguer Callejón (Coordinador). «Manual de Derecho Autonómico de Andalucía». TECNOS.
Aja, Eliseo. «Estado autonómico y reforma federal.». Alianza editorial.
Josep Mª Reniu. «Los Gobiernos de Coalición de las Comunidades Autónomas Españolas».

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