Extensión de Incompatibilidades de los Administradores Concursales

Extensión de Incompatibilidades de los Administradores Concursales en España en España

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Extensión de Incompatibilidades de los Administradores Concursales en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de extensión de incompatibilidades de los administradores concursales lo siguiente: Si el administrador concursal (véase más sobre esta figura en derecho español, si se desea, aquí) designado se encuentra integrado en alguna persona jurídica de carácter profesional, deberá comunicarlo al Juzgado, para extender el mismo régimen de incompatibilidades a sus socios y colaboradores. Art. 30.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Recursos

Véase También

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