Historia de la Lotería

Historia de Lotería en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Historia de la Lotería. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]»Una especie de rifa que se hace con mercaderías, billetes, dineros u otras cosas con autoridad pública, y una especie de banca tenida y administrada por el Estado o algún establecimiento público, en la cual se sacan a la aventura lotes o números sobre que los accionistas han puesto cantidades mas o menos fuertes. El uso de las loterías fue conocido ya entre los Romanos, y su establecimiento entre nosotros, que parece ser del año de 1763, ha tenido por objeto el atender a las necesidades del Estado y a ciertas obras piar o fundaciones. Están prohibidas las loterías particulares en los cafés y casas públicas, sin que pueda darse licencia con motivo alguno para su uso bajo las penas de la Real pragmática, sobre ruegos prohibidos: ley 17, tít. 23, lib. 12, Novísima Recopilación; Real orden de 28 de Noviembre de 1791, y auto del Consejo de 12 de Febrero de 1799. también están prohibidas las loterías extranjeras, y los que beneficien billetes para ellas, incurren, por la primera vez, en la malta de quinientos ducados para el denunciador, juez y fisco por iguales partes; por la segunda, en doble pena, y por la tercera, en cuatro años de presidio, además de mil ducados de multa: ley 28, tít. 23, lib. 12. Novísima Recopilación. La lotería antigua o primitiva creada por Real orden de Setiembre de 1863, fue suspendida en 9 de Febrero de 1862 y suprimida por el art. 7.0 de la ley de Presupuestos de 4 de Mayo del mismo año. La moderna fue introducida en virtud de orden de las Cortes de 13 de Noviembre de 1811, y se destina para premios a los jugadores el 75 por 100 del valor de los billetes: Real orden de 12 de Noviembre de 1868. Establecido un premio en favor de huérfanas de militares, nacionales y paisanos muertos en la guerra civil necesitan presentar las aspirantes, fe de bautismo por la que conste no haber cumplido veinticinco años, fe del casamiento de los padres, fe de soltería y certificado o información de haber sido muerto el padre en la guerra civil contra D. Carlos: Real orden de 11 de Diciembre de 1835. Con estos requisitos pueden percibir el premio que les corresponda, aunque esto acontezca cuando ya no sean solteras: sentencia del Coas. de 12 de Octubre de 1859. después de esta sentencia se han publicado Reales órdenes disponiendo que sea necesario para percibir el premio, que permanezcan solteras y por ello, según disposición de 4 de Enero de 1864 para acreditar el derecho y pedir las agraciadas el abono en la administración de loterías, donde deseen recibirlo, han de remitir a la Dirección general de loterías una solicitud acompañada de la partida de bautismo, la fe de existencia y la de soltería, y si el derecho es adquirido por defunción, los documentos que lo acrediten. Si la agraciada con el premio hubiere muerto antes del sorteo en que le hubiere cabido, no adquieren derecho a él sus herederos y el premio vuelve a sortearse por sorteo extraordinario entre las demás huérfanas: Real orden de 5 de Febrero de 1867. La prohibición de loterías extranjeras se iteró en el art. 57 de la Instrucción de 14 de Febrero de 1870; a la par que el juego cíe lotería por cartones en los cafés y casas públicas, ya prohibido por Reales órdenes de 6 de Abril de 1800 y 2 de Enero de 1819. Los empresarios y expendedores de billetes de loterías o rifas no autorizadas, serán castigados con las penas de arresto mayor en sus grados mínimo y medio y multa de 125 a 1,250 pesetas: art. 359 del Código penal de 1870. El Código penal de 1850 disminuía la pena pecuniaria que era de 20 a 200 duros, y aumentaba la personal al arresto mayor, hasta el grado máximo. La lotería pública se ha suprimido en algunos Estados, como un juego inmoral y contribución injusta, que absorbe los ahorros de la clase mas necesitada, seduciéndola con el cebo engañoso de una ganancia exhorbitante que nunca o casi nunca se verifica. V. Rifa.» (1)

Recursos

Notas

  1. Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).

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