Limitaciones a la Transmisibilidad

Limitaciones a la Transmisibilidad en España en España

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Ideas Básicas

Existen importantes excepciones al principio de libertad de circulación de las acciones.

La ley restringe la transmisibilidad de las acciones que lleven aparejadas prestaciones accesorias pues requieren la autorización de la sociedad salvo disposición contraria de los estatutos.

Acciones convencionales. Para que las restricciones de las acciones convencionales sean válidas, es necesario que estén expresamente impuestas en los estatutos. La posibilidad de establecer restricciones estatutarias está sometida por la ley a dos límites fundamentales:

Sólo pueden recaer sobre acciones nominativas.

no pueden ser absolutas ya que tienen que respetar la posibilidad de realizar efectivamente la transmisión.

Las más frecuentes son las cláusulas de consentimiento, tanteo u opción.

Consentimiento: condicionan la transmisión a la previa autorización de la sociedad.

Tanteo u opción: reconocen un derecho de adquisición preferente a todos los socos, a los de una clase o a terceros.

Las restricciones estatutarias a la transmisibilidad de las acciones sólo serán aplicables a las adquisiciones por causa de muerte cuando así lo establezcan los propios estatutos.

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