Naturaleza Jurídica de la Familia en España en España
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Naturaleza Jurídica de la Familia
Después de haberse discutido mucho acerca de si puede atribuirse al matrimonio o a la comunidad como régimen conyugal de bienes, la consideración de persona moral o jurídica, se ha trasladado el problema a la familia, y hay, en la actualidad, opiniones divergentes en orden a si ésta constituye o no una persona jurídica. Predomina, no obstante, la concepción negativa.
Pese a lo compacto, fisiológico y moral, de este grupo de personas, la familia-dice BARBERO no es un «sujeto» por sí de derecho, una «persona jurídica», sino que representa, y expresa incluso jurídicamente, una pluralidad de «personas», como lo es en efecto. Así pues desde el punto de vista del Derecho ,hay que reconocer que no suele tener la familia personalidad jurídica. El Derecho civil moderno se estructura sobre la base de la persona individual y no de la familia. No se atribuyen a ésta, como tal, derechos y obligaciones. (CASTÁN)
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