Procedimientos Arbitrales en Trámite

Procedimientos Arbitrales en Trámite en España en España

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Procedimientos Arbitrales en Trámite en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de procedimientos arbitrales en trámite lo siguiente: Continuación. Los procedimientos arbitrales en tramitación al momento de la declaración de concurso se continuarán hasta la firmeza del laudo, siendo de aplicación las normas contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo anterior (sustitución del deudor por los administradores concursales (véase más sobre esta figura en derecho español, si se desea, aquí), en caso de suspensión de sus facultades; los administradores necesitarán autorización del juez para desistir, allanarse o transigir; en caso de intervención, el deudor necesita autorización previa de los administradores concursales (véase más sobre esta figura en derecho español, si se desea, aquí) para transigir, allanarse o transigir. Art. 52.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Recursos

Véase También

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