Reconstrucción de Autos en España en España
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Reconstrucción de Autos
Reconstrucción de Autos en el Derecho Procesal español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Reconstrucción de Autos es descrito de la siguiente forma: Actuaciones a realizar cuando los autos de un proceso se han extraviado o deteriorado. Será competente para tramitar la reconstitución total o parcial de todo tipo de actuaciones judiciales el tribunal en que la desaparición o mutilación hubiere acontecido y será siempre parte el Ministerio Fiscal. Se inicia de oficio por el tribunal, o a instancia de las partes o sus herederos (arts. 232 a 235 Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000). [R.S.S.]
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