Renuncia a la Acción

Renuncia a la Acción en España en España

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Renuncia a la Acción

Renuncia a la Acción en el Derecho Procesal español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Renuncia a la Acción es descrito de la siguiente forma: Acto de disposición de la pretensión del actor. Cuando el actor manifieste su renuncia ala acción ejercitada o al derecho en que funde su pretensión, el tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado, salvo que la renuncia fuese legalmente inadmisible. En este caso, se dictará auto mandando seguir el proceso adelante (art. 20.1 Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000). [P.S.R.]

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