Ley General de Telecomunicaciones

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Ley General de Telecomunicaciones en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ley General de Telecomunicaciones. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ley General de Telecomunicaciones. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Ley General de Telecomunicaciones. [aioseo_breadcrumbs] [rtbs name=»derecho-home»]

Nota: véase asimismo la información relativa a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Ley General de Telecomunicaciones

La ley General de Telecomunicaciones de 24 de abril de 1998 introdujo como una de las novedades más relevantes un cierto equilibrio entre la plena competencia en el mercado de servicios y redes, eliminando derechos especiales y exclusivos, y el control sobre los operadores del mercado para garantizar los derechos de los usuarios y abonados.

Una de estas manifestaciones la constituye el Reglamento por el que se desarrolla el Título III de la LGT, aprobado por Real Decreto 1736/1998, de 31 de julio, que recoge, en su título IV (artículo 52 y ss.), un elenco de derechos y garantías a favor de los usuarios finales de servicios de telecomunicaciones disponibles al público y de redes públicas de telecomunicaciones.

Estos derechos son los siguientes:

  • Los usuarios tienen derecho al uso de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público y de redes públicas de telecomunicaciones, en los términos que establece la normativa vigente, y en su caso, en los contratos celebrados con los operadores.
  • Las personas que soliciten el acceso al servicio telefónico disponible al público tienen derecho a conocer la fecha prevista para satisfacer su solicitud de acceso al servicio telefónico, de acuerdo con los planes del operador.
  • El usuario debe tener acceso gratuito al servicio de llamadas de urgencias a través del número 112, así como derecho a conectar y utilizar equipos terminales adecuados, y a acceder a los servicios de consulta de números de los abonados.
  • Los abonados al servicio telefónico disponible al público y los usuarios de teléfonos públicos de pago tendrán derecho a un servicio de guía telefónica actualizada a un precio asequible.
  • Los usuarios tienen derecho asimismo a disponer de un contrato que se ajuste a la normativa vigente sobre la materia, incluida la Ley de Consumidores y Usuarios de 1984.
  • Asimismo tendrán derecho a ser indemnizados en caso de incumplimiento cuando la calidad del servicio esté por debajo del umbral exigido por la autoridad competente, así como a obtener compensación económica por la interrupción del servicio.
  • Derecho a la facturación del servicio. Los usuarios tienen derecho a que el operador les presente facturas donde se indiquen los conceptos de precio que se tarifican por los servicios. Así como a que se le proporcione un recibo independiente para el servicio básico, y en su caso, los adicionales contratados.
  • El usuario tendrá derecho a una facturación detallada cuando se trate de operadores con la consideración de dominantes o que estén designados para la prestación del servicio universal.
  • En el supuesto de suspensión temporal del servicio por impago del abonado, el usuario tendrá derecho a que se mantenga el servicio para todas las llamadas entrantes y salientes de urgencia.

Autora: Catalina Merino (Injef)

Reglamentos de Desarrollo

Los reglamentos que desarrollan la Ley General de Telecomunicaciones -el de interconexión y acceso y el que regula las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas y las obligaciones del servicio universal- fueron aprobados a finales del año 2004.

El reglamento de interconexión y acceso establece una serie de condiciones generales de acceso a la interconexión de redes, exigibles a todas las operadoras, establece el marco para la definición, desarrollo y gestión de los planes nacionales de numeración, direccionamiento y denominación, y regula la conservación de los números por los abonados, para facilitar la elección de compañía.

En cuanto al reglamento sobre la prestación de servicios y las obligaciones del servicio universal, establece el derecho de los usuarios a tener una conexión a la red telefónica fija y acceso funcional a Internet y la puesta en marcha de planes para colectivos desfavorecidos. Además, regula la protección de datos en los servicios de comunicaciones electrónicas, así como los derechos de los consumidores.

Legislación de Derecho Civil sobre telecomunicaciones

Legislación de Derecho Civil sobre Limitaciones del dominio

Entrada Principal: Limitaciones del dominio. La legislación básica española en derecho civil sobre esta materia es la siguiente:

  • Ley sobre Navegación Aérea (L. 48/1960)
  • Ley de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión (Ley 8/1972)
  • Ley sobre fincas manifiestamente mejorables (Ley 34/1979)
  • Ley del Patrimonio Histórico Español (Ley 16/1985)
  • Ley de Costas (Ley 22/1988)
  • Ley de Carreteras (Ley 25/1988)
  • Ley sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad (Ley 15/1995)
  • Ley de modernización de las explotaciones agrarias (Ley 19/1995)
  • Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación (Real Decreto-Ley 1/1998)
  • Ley del sector de hidrocarburos (Ley 34/1998)
  • Ley del sector ferroviario (existen varios acuerdos multilaterales internacionales bajo el auspicio de las Naciones Unidos en este ámbito: Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras a pasajeros y equipajes transportados por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras a mercaderías transportadas por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Acuerdo europeo sobre los principales ferrocarriles internacionales (AGC), Ginebra, 31 de mayo de 1985; Acuerdo sobre una red ferroviaria internacional en el Machrek árabe, Beirut, 14 de abril de 2003; Convenio sobre la facilitación de los procedimientos de cruce de fronteras para los pasajeros, el equipaje y el equipaje de carga transportados en el tráfico internacional por ferrocarril, Ginebra, 22 de febrero de 2019) (Ley 39/2003)
  • Ley de montes (Ley 43/2003)
  • Reglamento de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios (Real Decreto 424/2005)
  • Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (Ley 8/2013)
  • Ley del Sector Eléctrico (Ley 24/2013)

Regulación de las Telecomunicaciones

LAS TELECOMUNICACIONES: UN SECTOR ESTRATÉGICO SOMETIDO A UN INTENSO PROCESO DE LIBERALIZACIÓN

Concepto y características de las telecomunicaciones. Temas competenciales

El proceso de su liberalización: de la normativa sectorial a la normativa general de competencia

Véase la siguiente subsección.

El proceso de su liberalización: de la normativa sectorial a la normativa general de competencia

El punto de partida: las telecomunicaciones como servicios públicos en el marco de la LOT

La creación de una regulación sectorial, ex ante y asimétrica a los efectos del proceso liberalizador: la derogada Ley 11/1998, General de Telecomunicaciones, como paradigma

EL RÉGIMEN VIGENTE: LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES DE COMO REFERENTE

La figura del Operador con Poder Significativo de Mercado (PSM) como expresión de la minimización de la normativa sectorial, asimétrica y ex ante

Véase más abajo.

Claves en la vigente ordenación de las «comunicaciones electrónicas»: acceso al mercado, interconexión y acceso, recursos escasos y obligaciones de servicio público

Véase más abajo.

La figura del Operador con Poder Significativo de Mercado (PSM) como expresión de la minimización de la normativa sectorial, asimétrica y ex ante

Aquí se examina lo siguiente:

  • La identificación del Operador PSM como resultado del procedimiento de análisis de mercado
  • Las Autoridades Nacionales de Reglamentación españolas —en especial, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones— y su debida convivencia con las autoridades de defensa de la competencia
  • Véase:

    La identificación del Operador PSM como resultado del procedimiento de análisis de mercado

    Las Autoridades Nacionales de Reglamentación españolas —en especial, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones— y su debida convivencia con las autoridades de defensa de la competencia

    Claves en la vigente ordenación de las «comunicaciones electrónicas»

    Aquí se examinarán las claves en la vigente ordenación de las «comunicaciones electrónicas»: acceso al mercado, interconexión y acceso, recursos escasos y obligaciones de servicio público.

    Acceso al mercado: el régimen de mera notificación y registro El estatuto básico del operador

    La necesidad de garantizar el acceso/interconexión a/de las redes para posibilitar la prestación de las comunicaciones electrónicas

    La ordenación de los recursos escasos: numeración, espectro

    radioeléctrico y derechos de ocupación del dominio público y privado

    Las técnicas para garantizar el carácter de «servicios de interés general» de las comunicaciones electrónicas: en particular, el servicio universal

    Recursos

    Véase también

    • Derecho Civil
    • Derechos Reales
    • Legislación de Derecho Civil
    • Derecho Civil V

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