Propuesta Anticipada de Convenio

Propuesta Anticipada de Convenio en España en España

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Propuesta Anticipada de Convenio en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de propuesta anticipada de convenio lo siguiente: Condiciones de presentación. Desde la solicitud de concurso voluntario o desde la declaración de concurso necesario y, en ambos casos, hasta la expiración del plazo de comunicación de créditos, el deudor que no hubiese pedido la liquidación y no se hallare afectado por alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo l05 podrá presentar ante el juez propuesta anticipada de convenio. Art. l04.l de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Propuesta Anticipada de Convenio en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de propuesta anticipada de convenio lo siguiente: Evaluación de su contenido. Admitida a trámite la propuesta anticipada de convenio, el juez dará traslado de ella a la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) para que en un plazo no superior a diez días proceda a su evaluación. La administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) evaluará el contenido de la propuesta de convenio en atención al plan de pagos y, en su caso, al plan de viabilidad que la acompañen. Si la evaluación fuera favorable, se unirá al informe de la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí). Si fuese desfavorable o contuviere reservas, se presentará en el más breve plazo al juez, quien podrá dejar sin efecto la admisión de la propuesta anticipada o la continuación de su tramitación con unión del escrito de evaluación al referido informe. Contra el auto que resuelva sobre estos extremos no se dará recurso alguno. Art. l07.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Propuesta Anticipada de Convenio en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de propuesta anticipada de convenio lo siguiente: Requisitos de adhesión del pasivo. Para su admisión a trámite, la propuesta (anticipada de convenio) deberá ir acompañada de adhesiones de acreedores ordinarios o privilegiados, prestadas en la forma establecida en esta Ley y cuyos créditos superen la quinta parte del pasivo presentado por el deudor. Art. l06 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

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