Ejercicio de Acciones del Concursado en Caso de Intervención

Ejercicio de Acciones del Concursado en Caso de Intervención en España en España

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Ejercicio de Acciones del Concursado en Caso de Intervención en Derecho Concursal

Establece la Ley Concursal respecto de ejercicio de acciones del concursado en caso de intervención lo siguiente: En caso de intervención, el deudor conservará la capacidad para actuar en juicio, pero necesitará la conformidad de la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) para interponer demandas o recursos que puedan afectar a su patrimonio. Si la administración concursal (véase más sobre esta materia en derecho español, si se desea, aquí) estimara conveniente a los intereses del concurso la interposición de una demanda y el deudor se negara a formularla, el juez del concurso podrá autorizar a aquélla para interponerla. Art. 54.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (vigente desde 1 de Septiembre de 2004, y con numerosas modificaciones desde entonces, que no se reflejan en este texto)

Recursos

Véase También

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